Elementos del 96 Batallón de Infantería, en la 18ava Zona Militar de Pachuca destruyeron la mañana de este miércoles, mediante cortadoras, 464 armas de fuego, de las cuales 339 son armas cortas, 125 armas largas y ocho mil 988 cartuchos de diferentes calibres.
De acuerdo con el comandante del 96 Batallón de Infantería, Gibran Jalil Díaz del Castillo Méndez, la destrucción de las armas tiene su fundamento legal en el artículo 88 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que establece que las armas materia de delito serán decomisadas para su destrucción, excepto las del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Mexicanos que serán destinadas a dichas instituciones.
Mencionó que la destrucción se realiza conforme a lo establecido en el procedimiento sistemático de operación para el control, destrucción y aprovechamiento lícito de las armas de fuego decomisadas, “las cuales fueron inspeccionadas, desorganizadas y seleccionadas para su destrucción”.
Para la destrucción de las armas se instalaron cuatro módulos, el primer módulo en donde se colocaron parte de las armas; el segundo donde había dos interventores que revisaban el número de serie de las armas y sus características; el tercero de destrucción donde se colocaron dos máquinas para cortar el cañón y la caja de mecanismo para impedir que se vuelvan a utilizar; y en el cuarto módulo se les tomaron fotografías ya destruidas.
¿Qué pasa con las Armas que son destinadas por el Ejército?
De acuerdo con el personal del 96 Batallón de Infantería después de destruidas las armas se sepultan, aunque no precisaron en qué sitio ni de qué manera, tampoco mencionaron los delitos en los que estuvieron involucradas ni mucho menos los municipios en donde se aseguraron.
Cabe mencionar que esta es la segunda destrucción de armas en lo que va del año por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional pues el pasado 30 de marzo destruyeron, en el 96 Batallón de Infantería, también con cortadoras, 179 armas largas entre cortas y largas aseguradas a disposición de la Sedena.
De las 179 armas 135 fueron cortas, 44 armas largas y se destruyeron también dos mil 638 cartuchos de diferentes calibres. Las armas fueron inspeccionadas, desorganizadas y seleccionadas con lo que perdieron sus características.
En ese momento el comandante de la 18ava Zona Militar de la ciudad de Pachuca, Juan José Gómez Ruiz, aseguró que se trata de armas utilizadas para cometer delitos e intervenidas en aseguramientos.
Armas de fuego deben estar inscritas en el Registro Federal
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que la posesión de toda arma de fuego deberá manifestarse a la Sedena para el efecto de su inscripción en el Registro Federal de Armas. No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en la Ley.
Menciona que en el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional para su registro. Por cada arma se extenderá constancia de su registro.