¿Te vas a casar? Estos son los gastos con los que el IMSS puede ayudarte

Ésta es una prestación para los derechohabientes del Instituto.

Con esta ayuda económica del IMSS puedes ahorrarte unos gastos| Especial
Ciudad de México /

¿Estás a punto de casarte pero necesitas una ayuda económica extra? Debes de saber que por ser asegurado por parte del IMSS tienes derecho a tener un dinero por parte del Instituto.

Recuerda que puedes solicitar la ayuda para gastos de matrimonio, cuyo importe de cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.

Y seguramente, esta ayuda te caerá muy bien debido a que podría servirte para terminar de pagar la fiesta o algunas deudas que dejan las bodas por el civil.

Ayuda del IMSS para las bodas

Si estás a punto de casarte por el civil debes de saber que ésta es la prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado, pero pon mucha atención ya que solo puedes solicitarla una sola vez, por lo que solo es válida una vez que se contrae matrimonio civil.

Dicha prestación se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado, cuyo importe de cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.

Estos son los requisitos que necesitas para que sea válida la ayuda que estás solicitando.

  • Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.


  • No haber ejercido este derecho con anterioridad.


  • En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, o el fallecimiento de éste.


  • Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.


  • Que el matrimonio civil se haya celebrado con posterioridad al 30 de junio de 1997.


Recuerda que para tener más información debes solicitarla directamente en la AFORE donde se encuentra su cuenta individual, en los horarios establecidos por esa institución.

Para realizar cualquier aclaración sobre el trámite de la ayuda, el asegurado, debe acudir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar.

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