La Comisión de Honestidad y Justicia de Morena consideró la posibilidad de inhabilitar a Félix Salgado Macedonio y retirar su registro como candidato a la gubernatura de Guerrero.
En el proyecto inicialmente presentado, que fue votado en contra por tres de los cinco comisionados, se establecía que su comportamiento había incurrido en “conductas contrarias a los documentos básicos de Morena” y transgresiones a los artículos 6, inciso H y 49 inciso A, así como a la declaración de principios del partido.
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De la revisión de las pruebas, habían encontrado fundados y procedentes” los agravios, sin embargo, los comisionados que votaron en contra señalaron que no había fundamentos jurídicos para su inhabilitación, lo que llevó a presentar el resolutivo que se presentó el viernes pasado y donde no se encontró responsable debido a que no existen sentencias judiciales.
El resolutivo difundido sólo da vista a la Comisión Nacional de Elecciones que debe tomar las medidas conducentes para reponer el proceso de selección de candidato en Guerrero, a partir de la evaluación de perfiles.
Zazil Carreras, la comisionada que presentó el proyecto para iniciar la queja de oficio, presentó un voto razonado en el que reprochó que se hayan desestimado los agravios en materia de violencia de género y cuyas consecuencias deberían tener consecuencias en la fama pública de cualquier persona.
Explicó que debió haberse juzgado con perspectiva de género y que la declaración de la víctima debió ser “una prueba fundamental sobre el hecho”. Además, sostuvo que el proyecto presentado por su ponencia, fue modificado, “a pesar de que contábamos con los indicios suficientes que debían ser considerados como medios de prueba”.
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Por su parte, Vladimir Ríos, otro de los comisionados quien también presentó la fundamentación de su voto, estableció que “los tres agravios debieron declararse fundados, a razón de lo contenido en el proyecto de resolución original que nos fue presentado para el análisis y discusión y el cual fue rechazado por mayoría de votos.
"En el fondo de la cuestión considero que, al haberse juzgado con perspectiva de género, sí había elementos indiciarios suficientes para declarar que el acusado sí había cometido actos de violencia en contra de diversas mujeres; que el acusado tiene mala fama pública y que el CEN y la CNE no realizaron una valoración del perfil adecuadamente”.
LG