Partidos de nueva creación podrán participar en elección extraordinaria, define IEEH

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A pesar que el INE emitió un acuerdo donde manifestó que tanto RSP, PES y FPM, no podían competir en estos, el órgano electoral local consideró que sí tienen derecho a participar en estos comicios para que la ciudadanía tenga más opciones

El domingo 18 de octubre se llevaron a cabo elecciones en Hidalgo y Coahuila. (Cuartoscuro)
Pachuca /

Los recién creados partidos políticos nacionales Redes Sociales Progresistas (RSP), Encuentro Solidario (PES) Y Fuerza por México (FPM) podrán participar en la elección extraordinaria de Ixmiquilpan y Acaxochitlán, así lo aprobó por unanimidad el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) mediante acuerdo este 13 de enero.

Esto a pesar de que el Instituto Nacional Electoral (INE) ya había sentenciado la no participación de estas fuerzas políticas en los comicios de ayuntamientos que permanecen sin definir debido a la anulación de los resultados del pasado 18 de octubre por los órganos jurisdiccionales, en el acuerdo INE/CG01/2021 del pasado cuatro de enero.

De igual forma en este documento del órgano electoral federal se tomó en cuenta dos antecedentes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), SUP-REC-1867/2018 y SUP-RAP-0010-2019: “establecer en primer término que el grado de vinculación entre una elección ordinaria y otra extraordinaria está definido por el modelo establecido por el Congreso de la Unión en la LGIPE, en el citado artículo 24, numeral 3, razón por la cual, es válido establecer que aquellos partidos políticos que no hubieren participado en el Proceso Electoral Ordinario, declarado nulo por cualquier circunstancia, tampoco estén facultados legalmente, para participar en el Proceso Electoral extraordinario, pues ello lesionaría la integridad electoral del mismo, al modificar las alternativas y opciones que tuvo la ciudadanía al ejercer su voto”, (sic).

Por ello, toda vez que los partidos PES, RSP y FPM, obtuvieron su registro el cuatro de septiembre y el 20 de octubre de 2020, respectivamente, y no participaron en los Procesos Electorales Locales ordinarios en el Estado de Hidalgo, no podrán participar en los procesos electorales extraordinarios y únicamente podrán asignar promocionales de los procesos electorales federal y local en las emisoras que se encuentran obligadas a cubrir el Proceso Electoral extraordinario en los municipios de Acaxochitlán y Ixmiquilpan, sentenció el INE.


 

Pese a esto los consejeros del IEEH consideraron que esta determinación que permite contar con 14 partidos políticos permite a la ciudadanía contar con mayores opciones en la contienda y que permite que haya una mejor competencia a la renovación de los ayuntamientos que permanecen de momento dirigidos por Concejos Municipales Interinos. 

  • Teodoro Santos