Los tres partidos nacionales de reciente creación: Fuerza por México (FXM), Partido Encuentro Solidario (PES) y Redes Sociales Progresistas (RSP) no podrán participar en la elección extraordinaria para renovar los ayuntamientos de Acaxochitlán e Ixmiquilpan, como había determinado el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) en el acuerdo IEEH-CG-004/2021 el pasado 13 de enero.
Esta determinación la tomó el órgano electoral local a escasos siete días de que inicie el período de registros de planillas por parte de las fuerzas políticas, la cual será del 9 al 14 de abril; derivado del oficio del Instituto Nacional Electoral (INE) INE-DJ-1670/2021, en el cual reiteró que los partidos de reciente creación, como es el caso de estas tres fuerzas políticas, no deben participar en comicios extraordinarios, criterio que estableció en el acuerdo de cuatro de enero de este año y con expediente INE/CG01/2021.
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Dentro del documento que se denomina: “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se emiten normas reglamentarias sobre la concurrencia de los procesos electorales federal, local y extraordinario en el estado de Hidalgo”, se fundamentó la negativa a la posible participación de estos tres partidos políticos nacionales, esto derivado de dos antecedentes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), SUP-REC-1867/2018 y SUP-RAP-0010-2019: “establecer en primer término que el grado de vinculación entre una elección ordinaria y otra extraordinaria está definido por el modelo establecido por el Congreso de la Unión en la LGIPE, en el citado artículo 24, numeral 3, razón por la cual, es válido establecer que aquellos partidos políticos que no hubieren participado en el Proceso Electoral Ordinario, declarado nulo por cualquier circunstancia, tampoco estén facultados legalmente, para participar en el Proceso Electoral extraordinario, pues ello lesionaría la integridad electoral del mismo, al modificar las alternativas y opciones que tuvo la ciudadanía al ejercer su voto”, (sic).
Pese a que FXM, PES y RSP obtuvieron su registro el 4 de septiembre y el 20 de octubre de 2020, respectivamente, y no participaron en los Procesos Electorales Locales ordinarios en el Estado de Hidalgo como ordena la Ley para poder contender en la elección extraordinaria; el IEEH determinó el pasado 13 de enero otorgarles la facultad de participar, argumentando que contar con 14 partidos políticos permite a la ciudadanía contar con mayores opciones en la contienda y que permite que haya una mejor competencia a la renovación de los ayuntamientos que permanecen de momento dirigidos por Concejos Municipales Interinos.
De igual forma en la ampliación presupuestal solicitada por el órgano electoral local al Gobierno de Hidalgo, el pasado 17 de marzo, se contempló las prerrogativas de gastos de campaña de estas tres fuerzas nuevas, monto que asciende a 61 mil 334.91 pesos, ya que cada uno obtendría un monto de 20 mil 444.97 pesos para llevar a cabo sus actividades proselitistas; por ello, y derivado de lo ordenado por el INE, se tuvo que hacer una modificación a la cantidad solicitada al Ejecutivo, la cual ascendía a 23 millones 43 mil 982.74 pesos, para restar este concepto de recursos para los tres partidos que quedaron fuera de la contienda extraordinaria en los dos municipios.