La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que Alfonso Durazo, gobernador electo de Sonora, no fue víctima de calumnia por parte de Ricardo Bours, candidato de Movimiento Ciudadano, cuando mencionó en sus spots de campaña que el abanderado de Morena tenía presuntos vínculos con el narcotráfico.
Alfonso Durazo y Morena impugnaron la resolución de la Sala Regional Especializada la cual determinó que no hubo calumnia en su contra durante la campaña por parte de su contrincante de Movimiento Ciudadano al usar la expresión “no tengo nexos con el narco como Durazo”.
La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la decisión de la Sala Especializada, pues esta frase se basa en una opinión amparada por la libertad de expresión; el proyecto incluso señala que “si bien es una crítica severa y una expresión fuerte, se enmarca en el debate público y es de especial interés para los sonorenses, pues diversas notas periodísticas hacían alusión a supuestos vínculos con la delincuencia organizada desde los diferentes cargos públicos que ha desempeñado Alfonso Durazo”.
Los magistrados declararon infundados e inoperantes los alegatos, tanto del partido como del hoy gobernador electo, al determinar que “no existe calumnia y que las expresiones en los spots constituyeron críticas severas basadas en hechos noticiosos de dominio público que, si bien pudieron generar incomodidad al entonces candidato de Morena, se encuentran dentro de lo garantizado por la libertad de expresión”.
Multan a concesionarias de radio y televisión por difundir promocionales
En la misma sesión, los magistrados confirmaron la multa total de un millón 91 mil 731 pesos impuesta a 32 concesionarias de radio y televisión por haber difundido de manera indebida promocionales del mismo Alfonso Durazo, el 24 y 25 de enero, es decir, en tiempos indebidos de intercampaña luego de que la precampaña concluyó el 23 de enero.
La Sala Especializada declaró inexistentes las infracciones atribuidas a Morena o al entonces candidato, pero sí las acreditó para las concesionarias que mantuvieron la difusión.
De estas 32 concesionarias, seis presentaron impugnaciones: Organización Sonora, S.A. de C.V.; Luis Felipe García de León Martínez; XEHX, S.A. de C.V.; Radio Cajeme, S.A.; GILHAAM, S.A. de C.V. y XEGYS, S.A de C.V., cuya multa equivale en total a 199 mil 824 pesos, sin embargo, la Sala Superior confirmó que “incumplieron su obligación e incurrieron en difusión extemporánea de promocionales, lo que causó un beneficio a Durazo Montaño”.
JLMR