La Fiscalía Electoral de la Ciudad de México dio a conocer que la detención de tres personas de nacionalidad venezolana, debido a una probable comisión de un delito electoral.
Junior 'N', Josver ´N' y Jonathan 'N' fueron presentados ante las autoridades, y se informó que se les presumirá de inocentes, mientras no se declare su responsabilidad mediante una sentencia emitida.
Hasta el momento no se ha dado a conocer el delito que los presuntos culpables cometieron, sin embargo, cumplirán un castigo interpuesto por las autoridades capitalinas.
Sanciones por violar la veda electoral según el IECM
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) recordó que, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se podrá imponer prisión de hasta seis años a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma, es decir, durante la veda electoral, induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo.
Las sanciones para quien violente esa disposición, precisó el IECM, están establecidas en el artículo 9 fracciones I y II de dicha Ley, y van de los 100 a 200 días de multa hasta la prisión de dos a seis años.
En el periodo de veda electoral queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.
De no cumplir con ese mandato, destacó que el artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales indica que se impondrá de 50 a 100 días multa, y prisión de 6 meses a 3 años, a quien publique o difunda material de esa naturaleza.
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HCM