Ietam aprueba Reglamento de Paridad y Acciones Afirmativas para elección 2024

Partidos tendrán que dar participación a grupos en situación de vulnerabilidad, personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y mayores.

Sesión del Instituto Electoral de Tamaulipas.
Tampico /

El Consejo General del Ietam aprobó el Reglamento de paridad, igualdad y acciones afirmativas para la postulación e integración del Congreso del Estado y ayuntamientos de Tamaulipas. Con este, los partidos tendrán que dar participación a grupos en situación de vulnerabilidad, personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, en el proceso electoral local del 2024.

En la sesión extraordinaria de este lunes, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), se abrogó el Reglamento de paridad, igualdad y no discriminación para la postulación e integración del Congreso del Estado y ayuntamientos de Tamaulipas aprobado mediante Acuerdo IETAM-A/CG-35/2020.

El Reglamento de paridad, igualdad y acciones afirmativas para la postulación e integración del Congreso del Estado y ayuntamientos de Tamaulipas es un nuevo instrumento jurídico resulta novedoso toda vez reconoce las acciones afirmativas para grupos en situación de vulnerabilidad, personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y mayores.


¿En qué consiste?

Se explicó que en proceso electoral 2023-2024, los partidos políticos deberán postular a menos una fórmula de personas con discapacidad y una fórmula de personas de la diversidad sexual en diputaciones, por el principio de mayoría relativa o por el de representación proporcional, en este último caso, deberá ser en las primeras siete posiciones de la lista estatal.

Asimismo, se establece la obligación de los partidos políticos de postular en diputaciones una fórmula de candidatura migrante, por el principio de representación proporcional, en las primeras siete posiciones.

En cuanto a la participación política de la juventud, se deberá postular una fórmula de jóvenes por el principio de mayoría relativa o de representación proporcional, por cada ocho postulaciones por el principio de mayoría relativa.

En ayuntamientos, los partidos políticos y candidaturas independientes deberán postular en las planillas una fórmula de personas con discapacidad o de la diversidad sexual, así como una fórmula de personas jóvenes o mayores. En caso de que los partidos políticos no registren planillas para la elección de ayuntamientos en al menos 26 de los municipios del estado, se deberá incluir las candidaturas de estos grupos en al menos, el 35 por ciento de los municipios en los cuales registren dichas planillas.


Con el Reglamento de Paridad y Acciones Afirmativas, el Ietam da cumplimiento al principio de paridad constitucional y establece las condiciones para que las mujeres accedan a espacios de toma de decisiones y tengan una representación real en el ejercicio de los cargos de elección popular, a través del establecimiento de la paridad vertical, paridad horizontal, alternancia de género por periodo electivo, homogeneidad en las fórmulas de género femenino y bloques de competitividad.

Cabe hacer mención que en el Acuerdo aprobado se determinan los porcentajes de votación valida emitida con el objeto de que los partidos políticos puedan establecer los bloques de competitividad para la postulación de candidaturas en las elecciones de ayuntamientos y diputaciones de mayoría relativa en el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024.

Los consejeros explicaron que esta nueva normativa, recoge lo establecido por la legislatura estatal, en la última reforma a la Ley Electoral publicada el pasado 8 de junio del presente, así como acciones afirmativas que desde el 3 de septiembre de 2021 el Consejo General del Ietam había aprobado, aunado a lo establecido en criterios constitucionales, convencionales, legales, jurisdiccionales y administrativos en materia electoral.


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