INE no puede fiscalizar propaganda de Sheinbaum en NY aún: TEPJF

El máximo tribunal electoral argumentó que primero se debe declarar si fue o no un acto anticipado de campaña.

Claudia Sheinbaum, precandidata presidencial de la 4T. | Foto: Especial
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral respaldó que el Instituto Nacional Electoral se declarara incompetente para fiscalizar la propaganda de Claudia Sheinbaum que apareció en Times Square en Nueva York, porque, primero, la Sala Regional Especializada debe determinar si fue o no un acto anticipado de precampaña y campaña.

El PRD denunció a Claudia Sheinbaum por la publicidad de apoyo que apareció en pantallas en Nueva York, Estados Unidos, y exigió que se contabilizaran como gastados anticipados de precampaña y campaña.

Sin embargo, la Unidad Técnica de Fiscalización se declaró incompetente porque, al tratarse de posibles actos anticipados de precampaña y campaña, la facultad para determinar este ilícito es de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El partido inconforme lo impugnó ante la Sala Superior, pero le dieron la razón al INE, pues primero debe resolver la Sala Especializada para que, si así lo determina, instruya a la autoridad electoral a contabilizarlo como propaganda proselitista.

“Si bien la queja tenía por objeto que se investigaran y, en su caso, sancionaran conductas que considera constituyen violaciones en materia de fiscalización, primero es necesario que se determine si la propaganda podría actualizar actos anticipados de precampaña por parte de la denunciada, tal como lo razonó la responsable”.

TEPJF 'batea' a Xóchitl Gálvez por denuncia contra Jenaro Villamil y SPR

La precandidata presidencial de la oposición impugnó ante la Sala Superior que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE desechara la queja contra de Jenaro Villamil Rodríguez, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado de México, así como del Canal 14 por supuesta vulneración a la normativa electoral por vincularla con presuntas irregularidades del Fonden.

“Por hechos que, en su concepto constituían la vulneración a la normativa electoral por la publicación de un reportaje relacionado con el fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, lo que a su juicio la vinculaba con los supuestos desastres del referido fideicomiso”.

Sin embargo, coincidieron en que “resultaban inexistentes los indicios acerca de una posible violación a la normativa electoral, sino que, por el contrario, existen elementos con los cuales pudo advertir que la difusión de las publicaciones tiene fines informativos y justificados por el contexto de emergencia que viven algunos estados del país por la llegada de huracanes”.


EHR

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