Morena debe atender las visitas de fiscalización del INE, ordena TEPJF

Hasta el momento, las 'corcholatas' suman 12.1 millones de pesos de gastos en sus giras.

El dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, presentó el informe. (Especial)
Rafael Montes
Ciudad de México /

Morena debe atender los requerimientos de información que el Instituto Nacional Electoral (INE) le ha formulado sobre los gastos que ha realizado como parte de su proceso interno de selección de candidato presidencial.

Así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al atender un juicio promovido por el partido político en contra de un oficio emitido por la Comisión de Fiscalización del INE por el que le solicitaron información, con base en el acuerdo CF/009/2023.

Morena se inconformó con la determinación que ordena realizar visitas de verificación, previo al inicio del proceso electoral 2023-2024 y apeló ante la Sala Superior, en donde se consideró infundado su reclamo de que la comisión es incompetente para ordenar esas visitas.

“Esa atribución deriva de la propia normativa aprobada por el Consejo General del INE en la que se convalidan los lineamientos sobre el procedimiento inédito de selección de representantes de las diversas políticas”, explicó el proyecto del magistrado Felipe de la Mata.

El proyecto del magistrado De la Mata Pizaña, que propuso confirmar la validez del acuerdo y la competencia de la Comisión para requerir información, fue aprobado por unanimidad.

La magistrada Janine Otálora, que en esta sesión fungió como presidenta por ministerio de ley, fue la única en manifestar el sentido de su voto concurrente.

“La Comisión de Fiscalización en el mes de julio pasado aprobó los lineamientos sobre verificación, monitoreo y fiscalización de procedimientos previos a los procesos electorales federales y locales 2023-2024; como consecuencia de ello, la Comisión informó al partido recurrente, Morena, sobre la realización de visitas de verificación previo al inicio de las precampañas y los periodos de obtención de los apoyos de la ciudadanía”, recordó.
“En mi opinión, no es conforme a la ley existente que los procesos políticos en curso están fuera de los tiempos del proceso; en efecto, es más grave dejarlo sin fiscalizar y no conocer el origen y destino de los recursos públicos, pero como lo sostuve en mi voto concurrente del recurso de apelación 147 del presente año, la Comisión de Fiscalización sí tiene competencia para emitir estos lineamientos, de ahí que no era necesario que el Consejo General los convalidara”, dijo.

Además, explicó que “al haberse pronunciado ya esta Sala Superior respecto de las facultades y atribuciones de dicha comisión para la emisión de los lineamientos en el recurso de apelación 147, considero que los argumentos que hace valer el recurrente en este medio de impugnación son inoperantes al estarse basando en una litis ya resuelta”.


EHR

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