Propaganda electoral debe ser retirada el 13 de junio: Secretaría del Ayuntamiento

En caso de incumplimiento, será sancionado el candidato y el partido.

El calendario electoral tiene como fecha límite el 13 de junio para el retiro de la publicidad de los candidatos. | Manuel Guadarrama
Brenda Alcalá
Torreón, Coahuila /

La Secretaria del Ayuntamiento Natalia Fernández Martínez dio a conocer que, el calendario electoral marca como límite el 13 de junio para retirar la propaganda electoral de espacios públicos y en caso de incumplimiento se sancionará al candidato y al partido.

El calendario electoral tiene como fecha límite el 13 de junio para el retiro de la publicidad de los candidatos.

“Estaremos apegados a los tiempos que marca el calendario del Instituto Nacional Electoral. En caso de que no sean retirados se sanciona tanto al candidato como al partido. Nosotros solo los podemos retirar por medio de un ordenamiento del Instituto Electoral y cuando eso ocurre entonces requerimos al concesionario de sus espectaculares para que los retire”, afirmó.

Sobre la sanción dijo que estas varían, dependiendo de la cantidad de espectaculares y depende de lo que establezca el consejo del Instituto ya que además también lo revisa el IEC.

“Todo se debe de despintar desde bardas, las redes sociales se incluyen así como las lonas que se encuentran en espacios públicos en lo que se refiere a la publicidad electoral en viviendas esas dependen de cada propietario de las mismas”, afirmó.

¿Qué se considera propaganda? 

En la página ‘Propaganda en materia electoral. criterios relevantes’, el artículo siete del ‘Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral’ establece que se entenderá por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar las candidaturas registradas ante la ciudadanía.

Asimismo, será propaganda electoral aquélla que contenga las expresiones: Voto, vota, votar, sufragio, sufragar, comicios, elección, elegir, proceso electoral y cualquier otra similar vinculada con las distintas etapas del proceso electoral.

Finalmente, se entenderá por propaganda electoral, aquella que contenga cualquier otro mensaje similar destinado a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos.

DAED

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