TEPJF ordena reinstalación inmediata de la presidenta electoral de Oaxaca tras intromisión indebida para inhabilitarla

Magistraturas critican que “en estos tiempos, en una entidad donde hay elección, el poder político quiera interferir en el instituto electoral”.

Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. | IEEPCO
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral ordenó la reinstalación inmediata de Elizabeth Sánchez como consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, al dejar sin efecto la inhabilitación del Tribunal de Justicia Administrativa que intervino de manera indebida en un órgano autónomo.

Las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral revocaron la inhabilitación y destitución, que el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca impuso en contra de la consejera presidenta del IEEPCO por desvío de recursos públicos.

En dos proyectos de la magistrada Janine Otálora y de magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior sostuvo que esta resolución va en contra de la Constitución que establece que el único órgano facultado para remover a consejeros electorales estatales es el Instituto Nacional Electoral.

El propio INE presentó estos juicios ante la Sala Superior por considerar que había una invasión de atribuciones, en lo que las magistraturas le dieron la razón por unanimidad.

Aunque el proyecto de Rodríguez Mondragón proponía ordenar al Tribunal de Justicia Administrativa que emitiera otra sanción, accedió a ajustar su proyecto al criterio de Janine Otálora con el que coincidían el resto de sus pares, que determinaba revocarlo porque carece de atribuciones y debe ser el INE el que determine si amerita o no una sanción.

La magistrada Janine Otálora exhibió que el contralor local actúo de manera indebida al acusar a la consejera ante un órgano estatal y no remitir el expediente por presunto desvío de recursos públicos al INE.

Recordó que una garantía de los órganos autónomos es que gozan de inamovilidad ante presiones de actores políticos o gubernamentales, y es el INE el que debe determinar la sanción, por lo que lamentó que en plena jornada electoral, se buscara intervenir internamente en el funcionamiento de la autoridad electoral.

“Me parece que en estos tiempos y en una entidad en la que hay un proceso electoral, que es el caso de Oaxaca, se va a renovar el Congreso y los ayuntamientos, me parece que el poder político quiera interferir en el desempeño de un pleno del Consejo General de un Instituto Estatal Electoral, en obvio de razones, al ser nosotros la última instancia, tenemos la competencia e incluso, la obligación de, justamente, garantizar que estos institutos puedan funcionar de manera totalmente autónoma e independiente, pero hago este agregado de esta jurisprudencia”.

El magistrado Felipe Fuentes explicó que el contralor debió acudir al INE para respetar el blindaje legal con que cuentan las autoridades electorales y que en el caso de Oaxaca, se vio vulnerado.

“Se blinda completamente de la intromisión de autoridades administrativas para permitir una cobertura, un blindaje hacia la autonomía de los OPLES y evitar la intromisión de los gobernadores en este proceso y eso es lo que todavía persiste, no encuentro alguna razón de hacer una interpretación sistemática”.

Por lo que se ordenó la reinstalación inmediata de la consejera presidenta, dejando sin efectos el nombramiento provisional que el INE tuvo que acatar ante una resolución judicial, y será el Consejo General el que analice el expediente del contralor interno y determine si implica la sustitución de Elizabeth Sánchez acusada de desvío de recursos públicos.

EHR

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