TEPJF respalda al INE: no habrá regulación adicional para blindar programas sociales como pidió Xóchitl Gálvez

A los programas sociales ya los blinda la Constitución, no hay deber de suspender su entrega en campaña si se hace con apego a la ley.

Xóchitl Gálvez, candidata a la Presidencia por PAN, PRI y PRD. | Foto: Especial
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral respaldó la decisión del Instituto Nacional Electoral de rechazar la petición de la candidata presidencial Xóchitl Gálvez y sus partidos PAN, PRI y PRD sobre una regulación adicional para que los programas sociales no se usen como medio para presionar o condicionar el voto.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que la Constitución ya blinda los programas sociales, que no hay ninguna obligación del INE de suspender su entrega durante campañas, que hay reglas claras legales que el INE no puede sobre legislar y que además, la autoridad electoral ya cuenta con una campaña para prevenir la compra del voto.

La única que no estuvo de acuerdo fue la magistrada Janine Otálora, quien consideró que el Consejo General del INE sí podía analizar con diferentes áreas del propio instituto, algunas vías para fortalecer la certeza y la equidad en la contienda, con acciones adicionales que no fueran exactamente reglas adicionales como lo pedían los partidos de la oposición.

El proyecto de la magistrada presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto, fue aprobado por el resto de las magistraturas, al considerar que fue correcto el rechazo unánime del Consejo General del INE a la petición del PAN-PRI-PRD a nombre de su candidata presidencial, Xóchitl Gálvez.

En la pasada sesión del 11 de abril, el Consejo General de INE rechazó la petición de aplicar reglas adicionales para el uso de programas sociales porque no se pueden imponer normas sorpresa a media campaña, porque la Constitución ya tiene blindados los programas y porque, como en cada contienda, se desataría una campaña para promover que la ciudadanía no permita la compra de su voto.

La magistrada presidenta enlistó que las respuestas del INE fueron válidas y suficientes:

“Se emitieron los razonamientos o motivos por los cuales se determinó su no aprobación, considerando al efecto lo siguiente: que el INE tenía una estrategia de difusión para el proceso electoral 2023-2024 respecto a una campaña en donde se hablaba específicamente de temas de compra o coacción del voto y también de delitos electorales.
“Que dicha campaña se encontraba activa en redes sociales y adicionalmente se tenía previsto la difusión de spots de radio y televisión a partir del 14 de abril del año en curso. Y que la propuesta de acuerdo presentada por el partido contenía criterios que ya estaban establecidos en otros documentos y que tenían que observar que se cumplieran”.

Sin embargo, los partidos no impugnaron ninguno de estos motivos, por lo que la queja tampoco versa sobre si los programas sociales son constitucionales o no en tiempo de campaña, razón por la cual, la decisión del INE se mantiene firme.

“Los programas sociales están protegidos en nuestra Constitución. Esta Sala Superior ha sostenido que no existe el deber específico de suspender la entrega de los beneficios de los programas sociales en las campañas electorales en sí mismos; y atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios de estos programas sociales no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda.
“Toda vez que, las autoridades tienen un especial deber de cuidado para que dichos beneficios sean entregados, de tal manera que no se genere un impacto negativo se pongan en riesgo los referidos principios. Lo expuesto revela la trascendencia e importancia en una sociedad democrática que tiene la implementación de programas sociales, ya que estos son mecanismos institucionales de naturaleza prioritaria, que contribuyen al ejercicio de derechos que garanticen una calidad de vida en materia de salud, alimentos, empleo, vivienda, bienestar y seguridad social, entre otros”, agregó la magistrada.

Con el voto de cuatro magistraturas frente a una, queda totalmente descartada la petición de Xóchitl Gálvez y el manejo de programas sociales se mantiene igual, mientras que el INE debe mantener la promoción en radio y televisión, de espacios que llamen a no vender el voto y que la ciudadanía no se deje presionar.

Sesión pública del TEPJF: 




IOGE

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