La Unidad de Inteligencia Financiera reprochó que la nueva “figura extralegal” que se inventó la Suprema Corte y que permite que personas bloqueadas en el sistema financiero recuperen sus cuentas “provisionalmente”, sólo abre “un camino peligroso” para recuperar dinero aparentemente ilícito y moverlo no sólo dentro del país, sino al extranjero o a paraísos fiscales.
“Esta aprobación abre un camino peligroso para que personas y empresa bajo sospecha de actividades ilícitas evadas la vigilancia y control del sistema financiero por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera.
“Se provoca que aún sin haber resuelto en definitiva el amparo, la persona incluida obtenga beneficios en una sentencia adelantada con la posibilidad de disponer de manera inmediata de los recursos de sus cuentas bancarias y que los transfiera a otras, tanto en otras instituciones reguladas por autoridades mexicanas, como en cuentas contratadas en el extranjero o en paraísos fiscales”.
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En un comunicado, la UIF advirtió que la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de permitir que personas logren ser desbloqueadas del sistema financiero sólo con presentar un amparo y sin que éste tenga que llegar hasta última instancia, sólo es un obstáculo para el combate al lavado de dinero.
“Esto permitirá que cualquier persona física o moral incluida en la Lista de Personas Bloqueadas como medida de protección del sistema financiero por la Unidad de Inteligencia Financiera pueda ser excluida de manera inmediata, con la posibilidad de desbloquear sus cuentas bancarias y seguir operando con absoluta normalidad en el sistema financiero mexicano y con fondos cuya lícita procedencia no está acreditada.
“La jurisprudencia constituye un eslabón adicional en la cadena de otras resoluciones judiciales que desestimaron las cualidades y la naturaleza preventiva e identificadora que tiene la UIF”.
La Unidad de Inteligencia Financiera que encabeza Pablo Gómez acusó que los ministros que votaron a favor de esta nueva jurisprudencia, se basan en premisas erróneas, que sólo ayuda a quienes manejan recursos de procedencia ilícita o que no han podido probar que el dinero de sus cuentas bancarias sea lícito.
Pues detalló que la supuesta “eliminación provisional” es totalmente ineficaz y “entorpece” el cumplimiento de los estándares internacionales a los que México está obligado en materia de prevención al lavado de dinero y al financiamiento al terrorismo.
“Limitándose a aseverar erróneamente que ‘eliminar provisionalmente’ a los sujetos de la Lista de Personas Bloqueadas no genera una afectación al interés social ni contraviene disposiciones de orden público, sin importar la existencia de indicios que vinculen a las personas enlistadas con actos de lavado de dinero, delincuencia organizada, corrupción u otros delitos relacionados con las operaciones con recursos de procedencia ilícita.
“Inventar una figura extralegal llamada ahora ‘eliminación provisional’ es un golpe contra la misma existencia y funcionamiento de la LPB, pues la simple suspensión provisional en un juicio de amparo conduciría siempre a la desincorporación del sujeto de la misma lista, la cual es un instrumento mundial de prevención del lavado de dinero”.
Anteriormente, la Suprema Corte también había aprobado limitar el bloqueo de personas en el sistema financiero y que la UIF tuviera que probar que una autoridad extranjero le hizo esta solicitud expresa, por lo que las recientes decisiones del máximo tribunal del país han sido un revés en las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera que incluso, van en contra de los tratados internacionales con los que tiene obligaciones.
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