Tras acreditar que el diputado local Juan Carlos Leal Segovia utilizó en redes sociales lenguaje discriminatorio y de odio en contra de la comunidad LGBTTTIQ, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en Nuevo León le giró la recomendación 17/2019 por esos actos.
Y lo instó a utilizar un lenguaje incluyente hacia esa comunidad, y a tomar cursos que ofrezcan los organismos protectores de derechos humanos.
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“Este tipo de mensajes, lejos de propiciar el debate respetuoso, polarizan a la sociedad, provocando enfrentamiento y división.
“La libertad de expresión tiene un límite claro en la utilización del discurso al odio”, enfatizó la presidenta de ese organismo, Sofía Velasco Becerra.
Emite otra recomendación a Fuerza Civil
Además, la CEDH en Nuevo León emitió una recomendación más a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, ahora por cuatro casos donde se acreditó que se dañó la salud física de personas inocentes, por el mal uso de las armas o vehículos oficiales.
De todas las víctimas de estos cuatro hechos, expresó Velasco Becerra, solo en un caso se trató de una persona que fue detenida, las demás, estuvieron en el lugar equivocado en el momento equivocado.
En dos casos, señaló, las personas lesionadas eran mujeres menores de edad, de 14 y 15 años, respectivamente, la primera de ellas lesionada por golpes y la segunda por un disparo de arma de fuego.
En el caso más grave, destacó, un joven de 18 años perdió ambas piernas tras ser arrollado, junto con otras 10 personas, por una unidad de Fuerza Civil, cuyo conductor perdió el control del vehículo e impactó a la casi docena de personas que se encontraban en la banqueta, afuera de un local comercial.
Para este caso en específico, la CEDH estatal exigió a la autoridad, entre otros puntos, diseñar y administrar un proceso de apoyo psicoterapéutico al joven que le amputaron amas piernas, gestionar un empleo con inclusión laboral, otorgar becas de estudio, cubrir las necesidades de accesibilidad universal en la vivienda de la víctima.
Y, al igual que en los demás casos de las personas inocentes lesionadas por los uniformados estatales, cubrir los gastos médicos que se hayan generado y los que resulten derivados de la incapacidad policial.