Tienen gabinetes salientes y entrantes de Edomex hasta 60 días para hacer manifestación de bienes por alta y baja

Las y los servidores públicos tienen hasta dos meses para presentar su manifestación de bienes de alta o baja, según sea el caso.

El Palacio de Gobierno del Estado de México. | (Archivo)
Claudia Hidalgo
Toluca | Estado de México /

El nuevo gabinete, incluyendo a la gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez y a todas las personas que ingresen a laborar en el gobierno estatal, tienen 60 días para presentar su manifestación de bienes de alta, de otra manera podrían ser dados de baja del nuevo encargo que adquirieron a partir del pasado 16 de septiembre.

Lo mismo pasa con quienes dejaron el cargo el 15 de septiembre. La ley les concede dos meses para que presenten su manifestación de bienes por baja, con el fin de poder conocer la evolución patrimonial que tuvieron durante el tiempo que se desempeñan como servidores públicos. Esta obligación incluye al ex gobernador Alfredo del Mazo Maza.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, la Secretaría de la Contraloría es la encargada de imponer la sanción pecuniaria por omisión o extemporaneidad en la presentación de la manifestación de bienes en los plazos establecidos, donde todas las personas servidoras públicas están obligadas a presentar con oportunidad y veracidad la manifestación de bienes.


Inhabilitación por tres años


Esto se hace bajo protesta de decir la verdad. El artículo 79 establece que la persona servidora pública que en su manifestación de bienes falte a la verdad, en relación con lo que es obligatorio manifestar, será suspendido y cuando su importancia lo amerite destituido e inhabilitado por un periodo de tres meses a tres años.

Los plazos para cumplir con esta obligación son señalados en el artículo 80. Otorga un plazo de hasta 60 días naturales siguientes a la toma de posesión del cargo para presentar el alta; en un plazo similar por conclusión del cargo y durante el mes de mayo de cada año por actualización.

Si transcurrido los plazos no se hubiese presentado la manifestación correspondiente sin causa justificada, se aplica una sanción económica que va de 15 días a seis meses de salario base, pero si dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de la notificación del citatorio no se pone al corriente, será separado de su cargo.


Posibles denuncias por omitir manifestaciones

Cuando se omita la manifestación de conclusión, procederá la investigación del patrimonio del infractor cuando los signos exteriores de riquezas sean ostensibles y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener como servidor público, por lo cual se deben llevar a cabo visitas de inspección y auditorías.

La Secretaría podrá realizar análisis contables financieros de las manifestaciones de bienes presentadas por las personas servidoras públicas a efecto de determinar la veracidad de su contenido y existencia de un probable incremento en su patrimonio, lo cual puede derivar en un delito que debe ser denunciado ante el Ministerio Público.

La norma indica que en la manifestación inicial y final de bienes se deben señalar los bienes inmuebles con la fecha y valor de adquisición. En las anuales solo las modificaciones que tienen en su patrimonio.


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