Emiten Reglamento de nueva Ley de Contaminación Visual en Puebla

La normativa signada por el gobernador Sergio Céspedes instruye formación de comisiones estatales y municipales para verificar legalidad de espectaculares.

Espectaculares en Puebla | Agencia Enfoque
Carlos Morales
Puebla /

El gobierno estatal emitió un decreto para presentar el Reglamento de la nueva Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Auditiva y Visual para el Estado de Puebla, en materia de Contaminación Visual, con el objetivo de frenar la aparición ilegal de espectaculares y cualquier otro tipo de estructuras para la promoción de productos, servicios o cualquier otro tipo de actividades sociales o políticas.

La normativa consta de 38 artículos divididos en nueve capítulos, ya fue publicada en el Periódico Oficial del Estado (POE) y fue signada por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina, sustituyendo el Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, en materia de Prevención y Control de la Contaminación Visual, con fecha de emisión del 9 de septiembre de 2014.

El Reglamento expone que darán cumplimiento al mismo, las personas físicas o jurídicas propietarias o poseedoras de vehículos con instalaciones que soporten anuncios con fines publicitarios; o aquellas que pretendan construir, fijar, instalar o colocar anuncios en zonas de jurisdicción estatal y sus zonas adyacentes, zonas de jurisdicción municipal y sus zonas adyacentes, las zonas adyacentes a las vialidades de jurisdicción federal, en los bienes inmuebles propiedad o al cuidado del estado o de los municipios.

"De conformidad con la Ley, los ayuntamientos determinarán, a través de los ordenamientos correspondientes, las características y especificaciones que deben cumplir los anuncios, estructuras publicitarias y publicidad en cuanto a sus dimensiones y espacio físico, densidad por zona, tipo, ubicación, alcance, luminosidad, requerimientos para su colocación o instalación, tiempo de permanencia y cantidad; así como los casos en que exista afectación al paisaje urbano".

Sumado a lo anterior, el documento hace obligatorio la integración de la Comisión Interinstitucional de Contaminación Visual, que estará integrada por seis personas:

-Beatriz Manrique Guevara, titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial (Smadsot), que fungirá como presidenta.

-José Andrés Rodríguez Gómez, titular de la Dirección de Contaminación Visual de la Smadsot, con facultad de secretario técnico.

-Jonathan Ávalos Meléndez, consejero Jurídico del Estado, como vocal.

-María Teresa Castro Corro, titular de la Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF), como vocal.

-Catarino Miranda San Román, encargado de despacho de la Coordinación General de Protección Civil del Estado (Cgpce), como vocal.

-Juan Carlos Moreno Valle Abdala, titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP), como vocal.

El Reglamento estipula que los municipios deberán integrar comisiones similares a la estatal y éstas deberán sesionar como mínimo una vez al mes y entre sus atribuciones tendrán la obligación de declarar la procedencia e improcedencia de las solicitudes en materia de contaminación visual; aprobar los lineamientos para el otorgamiento de permisos en materia de contaminación visual.

También validar el mapa de disponibilidad para la colocación de estructuras que proponga la Smadaot o, en su caso, el ayuntamiento; acorde a sus respectivas competencias y atribuciones, aportar información necesaria para la toma de decisiones; regir su actuar en estricto apego a los principios de legalidad, imparcialidad y sostenibilidad; determinar los corredores y nodos publicitarios, y las demás necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Cabe recordar que a inicios de año diversos perfiles interesados en asumir la gubernatura de Puebla para el 2024 comenzaron a promocionar su imagen a través de espectaculares, lo que derivó en la revisión y clausura por parte los gobiernos estatal y los municipales de diversas estructuras que no contaban con los permisos correspondientes y violaban las normativas ambientales.

AAC

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