Finanzas regula operación de Uber y Cabify

La dependencia emitió una serie de normas que deberán seguir los transportistas de plataformas digitales.

Se dará seguimiento a su operación. (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

La Secretaría de Finanzas de la entidad emitió las reglas de carácter general para quienes brindan el servicio de transporte privado de personas a través del uso de plataformas digitales, donde los obliga a tramitar una licencia de operación estatal, dar de alta las unidades que tienen en el Registro Estatal de Contribuyentes y pagar derechos e impuestos.

El documento firmado por el titular de la dependencia, Rodrigo Jarque Lira, complementa lo plasmado en los códigos Financiero y Administrativo vigente en la entidad, luego de las exigencias de los transportistas para que se someta a control a esos prestadores de servicio.

Requisitos:

En el Código Administrativo ya se establece que para obtener la licencia de operación estatal el prestador de servicios electrónicos deberá cumplir con:

Ser persona jurídica colectiva, tener domicilio legal en la entidad, estar inscrito en el registro Estatal de Contribuyentes, presentar el padrón de unidades vehiculares y de proveedores privados, y actualizarlo mensualmente.

Asimismo, indica que el prestador de servicios tecnológicos tendrá la obligación del pago por concepto del número de viajes realizados y las reglas recién emitidas son: otorgarles un plazo de 15 días, a partir del inicio de operaciones, para solicitar la licencia de operación estatal a la autoridad fiscal.

Compromisos Fiscales


Además de los requisitos antes enunciados deberán estar al corriente en sus obligaciones fiscales y, o administrativas. En el padrón de unidades deberá estar el Registro Federal de Contribuyentes de cada proveedor privado, el número de placas de circulación del vehículo, entre otros datos de la unidad.
Si no cumplen los requisitos les darán tres días hábiles para corregir los datos.
Será improcedente la solicitud cuando no se cumplan todos los requisitos, se detecte que la información es falsa, exista discrepancia entre los datos contenidos en los padrones de unidades, de proveedores o en el informe técnico, no se haga el pago correspondiente por la expedición de la licencia de operación estatal.

Un año de licencia

La licencia de operación estataltendrá vigencia únicamente por el ejercicio fiscal que se expide y se deberá refrendar cada año durante los tres primeros meses, mediante el pago de los derechos correspondientes.

Esta se cancelará si el prestador de servicios electrónicos incumple con alguna de sus obligaciones fiscales y, o administrativas con esta entidad federativa, inherentes al servicio privado de transporte o a los vehículos que prestan dicho servicio o al pago de contribuciones en materia estatal.

También si la autoridad fiscal conoce alguna simulación de actos jurídicos en perjuicio de la hacienda pública estatal por parte del prestador de servicios electrónicos o del proveedor privado de transporte.

Al prestador de servicios electrónicos que se le cancele la licencia por alguna de estas circunstancias podrá solicitar una nueva cuando haya subsanado las faltas.

Entre las obligaciones que tienen de manera permanente está el pagar impuestos mensualmente, a más tardar el 10 del mes siguiente al que recibieron ingresos, de acuerdo a los viajes realizados. Podrán presentar sus declaraciones en ceros cuando no tengan impuestos a cargo.

Como generalidades establece que el servicio deberá ser prestado con vehículos debidamente matriculados y por personas físicas que cuenten con la licencia de conducir expedida por cualquier autoridad competente.

LC

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