TEPJF confirma triunfo de Julio Menchaca en Hidalgo; exhibe intervención de funcionarios

El órgano jurisdiccional federal confirmó la vulneración de los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda para renovar la gubernatura.

TEPJF ratifica el triunfo de Julio Menchaca y entrega constancia de mayoría
y Jannet López Ponce
Pachuca; Hidalgo /

El Tribunal Electoral exhibió que Morena desplegó una campaña ilícita para que funcionarios públicos “de la mayor jerarquía” influyeran en la elección de Hidalgo, y ordenaron al INE investigar si, además, hubo una estrategia “fraudulenta” para que más de 100 mil personas cambiara de domicilio a esa entidad. 

Sin embargo, confirmaron el triunfo de Julio Menchaca por existir una diferencia de más de 323 mil votos.

Como MILENIO adelantó este jueves, el proyecto presentado ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador; la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; las gobernadoras de Campeche y Colima y el canciller Marcelo Ebrard, generaron inequidad en la elección de Hidalgo, por lo que únicamente por la diferencia de votos entre Morena y el PRI, fue imposible anular la contienda pese a estas violaciones calificadas como graves.

Al acreditarse que el Presidente de la República, una vez más, intervino de manera ilícita en un proceso electoral desde su conferencia de prensa mañanera, esta vez acusando a la candidata del PRI, Carolina Viggiano, de pretender eliminar la pensión para adultos mayores, los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Felipe de la Mata Pizaña incluso propusieron que se debía ordenar al INE que cuantificara la intervención en esa conferencia como gastos de campaña de Morena.

“Dado que las expresiones del Presidente beneficiaron al candidato, se debe dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que determine el beneficio que pudo tener la campaña por este mensaje desde la mañanera”; sin embargo, su propuesta no tuvo mayor respaldo.

La magistrada Janine Otálora celebró que ante la reiterada intervención ilícita de López Obrador en procesos electorales es “muy acertado que se retome lo que esta Sala Superior ha señalado, justamente, que al ser el Presidente de la República tiene un mayor deber de cuidado en sus expresiones, a fin de no influir de forma indebida dado que su sola presencia o comentarios pueden generar un impacto trascendente, sobre todo desde la conferencia mañanera que se transmite a nivel nacional”.

Ante las acusaciones del Presidente más la intervención de funcionarios relevantes dentro de Morena, la magistrada sostuvo que “sería viable concluir que existió una conducta deliberada para promover al candidato, de quienes integran el partido del candidato a fin de promoverle, pese a las condiciones ilegales existentes además de que incluían frases que descalificaban a la candidata del partido contrario”.

En lo que coincidió el magistrado presidente, quien concluyó que se trató de “una estrategia de campaña para influir en la elección y obtener un beneficio electoral”, por lo que incluso, consideró que el proyecto debió analizarlo en conjunto y no de forma aislada.

“No puede analizarse de forma aislada o esporádica como si cada evento, cada persona únicamente hubiera tenido una participación esporádica, o como si un funcionario de nivel federal no tuviera un impacto significativo a nivel local, hacerlo así impide ver un carácter generalizado y sistemático de las irregularidades. Es posible afirmar que existió una coordinación implementada por Morena y que por tato, se trató de irregularidades generalizadas y sistemáticas


“Hay coincidencias en las líneas discursivas, por ejemplo, una constante referencia ala cuarta transformación, a la 4T y cómo el triunfo en Hidalgo contribuiría a la transformación que se está dando en el país y hay una referencia al presidente de la república como quien encabeza esa transformación. Las participaciones se dieron en los municipios más poblados y fueron difundidos en redes sociales y en la cuenta del presidente del partido. Es una situación grave en sí y actualiza el carácter de sistematicidad y generalidad”.

INE investigará turismo electoral

Las magistraturas también coincidieron en que si bien no se logra la nulidad de los resultados por existir una diferencia de más de 323 mil votos, es fundamental dejar claro que esta estrategia deliberda por parte de funcionarios de primer nivel que tienen conocimiento de que sus acciones eran violatorias a la Constitución, “terminaron afectando la integridad de la elección y pusieron en riesgo la validez de los resultados”, pues de haber sido menor el resultado, esta elección sí se habría anulado.

El magistrado Felipe Fuentes consideró que, ante la gravedad de esta intervención, era indispensable hacer un llamado enérgico a los partidos políticos, instituciones, gobiernos y candidaturas para que dejen de intervenir de manera ilícita en los procesos electorales.

“Es necesario un llamado a una autocontención por parte de los servidores públicos, pues se les exige mayor cautela, mayor prudencia como normativo de un buen ciudadano y por respeto a la voluntad popular”.

Al exponer su proyecto, el magistrado Indalfer Infante Gonzáles dejó claro que “la nulidad de una elección es una determinación excepción y sólo cuando los hechos que se consideran irregulares estén plenamente acreditados, que sean generalizados y resulten trascendentes para la elección, esto es, que, de no haber sucedido el resultado pudo ser distinto”, lo que no se logra en este caso pese a las violaciones ya acreditadas.

Además, destacó que su proyecto ordena que el Instituto Nacional Electoral investigue el cambio de domicilio de más de 106 mil personas, días antes de que cerrara el padrón electoral para la elección, para determinar si se acredita el delito de turismo electoral, y que haya sido una estrategia más para intentar obtener más votos en Hidalgo o beneficiar directamente a una fuerza política.

El magistrado José Luis Vargas fue el único que no expuso argumentos, pero al momento de votar se manifestó en contra de que el INE investigue este aparente ilícito, pues sostuvo que no hay elementos.

Mientras la magistrada Mónica Soto se apartó de la inexistencia de violencia política de género en contra de Carolina Viggiano, pues consideró que los videos que se promovieron y publicaciones en las que se le acusaba de ser “la esposa de” un priista destacado, sí fue una agresión a su calidad de mujer.

El TEPJF desestimó los señalamientos por supuesto rebase de tope de gastos de campaña, debido a que el Instituto Nacional Electoral (INE) no acreditó esta incidencia en su revisión de la fiscalización de los recursos para gastos de campaña.

Aunque esta situación no generó elementos para anular el resultado de la elección del 5 de junio, sí se acreditó la violación procesal en que incurrió el magistrado instructor del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Manuel Alberto Cruz Martínez, “al tener por no presentado el escrito de ampliación de demanda en el que se propuso el turismo electoral; lo anterior, pues se estima que el momento oportuno para impugnarlo en los términos planteados por la enjuiciante era hasta que tuvo conocimiento del decremento que hizo valer”, (sic). 

Finalmente, por unanimidad de votos aprobaron la validación de la elección y el triunfo del candidato de Morena, Julio Menchaca quien el próximo lunes podrá rendir protesta sin que el expediente sobre la elección concluya, pues quedará pendiente la investigación del INE.

  • Teodoro Santos

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