La modificación del acuerdo IEEH/CG/097/2018 de parte del Instituto Electoral del estado de Hidalgo (IEEH) para otorgar un financiamiento mayor al partido político Más Por Hidalgo fue el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) al resolver el recurso de apelación bajo el expediente TEEH-RAP-MPH-014-2018, en el cual solicitan al órgano electoral local el mismo recurso otorgado al partido político Podemos.
El acuerdo, apuntó el magistrado, Jesús Raciel García Ramírez, acata la resolución de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que ordena al órgano electoral local a modificar la base de cálculo de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) únicamente para el financiamiento del partido político Podemos pasando de un 25 por ciento a un 65 por ciento; por lo cual, al estar en igualdad de circunstancia,s deberán otorgar las mismas condiciones para su financiamiento público al partido Más Por Hidalgo.
Ante esta resolución del órgano jurisdiccional, el IEEH tiene un periodo de tres días para modificar el acuerdo y corregir la cantidad de recurso que recibirá el partido político local para ejercer sus actividades en el periodo de julio a diciembre de este 2018; en el acuerdo IEEH/CG/097/2018 se estipuló que el partido Más por Hidalgo recibiría para actividades ordinarias un total de 418 mil 858.86 pesos y para actividades específicas 94 mil 243.24 pesos, para un total de 513 mil 102.10 pesos; sin embargo bajo esta nueva resolución de parte del TEEH recibirá la cantidad de un millón 89 mil 33.03 pesos para celebrar sus actividades ordinarias; mientras que para específicas será un monto de 245 mil 32.43 pesos, para un total de un millón 334 mil 65.46 pesos, misma cantidad que el partido político Podemos.
- Te recomendamos Ordena TEEH pago a regidores de Tepeapulco por 638 mil pesos Política
A pesar de que los partidos: Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y de la Revolución Democrática (PRD) interpusieron estos mismos recursos de apelación, el magistrado García Ramírez dictaminó un sobreseimiento parcial de los mismos debido a que al ser partidos políticos con representación nacional no aplican los mismos criterios que para los partidos políticos locales.