IEEH debe cumplir sentencia, ordena TEEH

Pese a que el órgano electoral presentó un Juicio Electoral ante Sala Regional Toluca del TEPJF contra la sentencia del TEEH-RAP-PESH-004-2020, el magistrado Manuel Cruz informó que no basta interponer este medio de impugnación

Manuel Alberto Cruz Martínez, magistrado presidente del TEEH. (Jorge Sánchez)
Pachuca /

Pese a que el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) interpuso un Juicio Electoral (JE) ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra de la sentencia emitida por el órgano jurisdiccional local en el Recurso de Apelación (RAP) con expediente TEEH-RAP-PESH-004-2020, no está exento de cumplir con lo ordenado.

Así sentenció el magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Manuel Alberto Cruz Martínez, al resolver el Incidente de Incumplimiento de Sentencia, TEEH-RAP-PESH-004-2020-INC-2, promovido por el Partido Encuentro Social Hidalgo (PESH), pues aducen que el órgano electoral fue omiso en modificar el oficio IEEH/Presidencia/461/2020 como mandató el órgano jurisdiccional.

Cruz Martínez señaló que el órgano electoral local sustentó la falta de cumplimiento debido a que al mantenerse impugnada dicha resolución están impedidos para llevar a cabo dicha modificación hasta que se resuelva por la instancia federal; sin embargo el magistrado local aclaró que las sentencias mientras no sean modificadas o revocadas deben cumplirse, “pues en materia electoral un medio de impugnación no pone puntos suspensivos a la resolución”, por lo cual deben acatarla.

Al declarar fundado el agravio esgrimido por el partido político el TEEH ordenó que en plazo no mayor a 24 horas, después de la notificación de esta sentencia, el IEEH debe modificar el documento de acuerdo a como se señaló en la sentencia del juicio primigenio.

En otro Incidente de Incumplimiento de Sentencia, bajo expediente TEEH-JDC-022-2020-INC-2, Cruz Martínez ordenó al Ayuntamiento de Huejutla acatar la resolución para dejar sin efecto la elección de delegados en la comunidad de Santa Catarina, así como el nombramiento de Santos Reyes Hernández; para que posteriormente realicen un nuevo proceso para contar con estas autoridades.


Para cumplir con este mandato la autoridad municipal contará con un plazo de 48 para remover del cargo a Santos Reyes Hernández como delegado en la localidad de Santa Catarina, así como retirarle cualquier objeto o documento que lo acredite como delegado.

Finalmente en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) con expediente TEEH-JDC-070-2020, interpuesto por Eduardo Reyes Vargas, contra el acuerdo tomado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento del municipio de Atitalaquia, por medio del cual se suspende del mandato como regidor, el magistrado Cruz Martínez desechó de plano el medio de impugnación.

 

Debido a que antes de que se promoviera este JDC ante el órgano jurisdiccional, la presidenta municipal de Atitalaquia presentó el acuerdo mediante oficio PNA-PM-098/20 que hace de conocimiento de esta suspensión al Congreso Local, por lo que deben ser este último quien dirima la controversia que pueda generar tal y como lo establece la Ley, por lo que al no tratarse de un tema electoral y sí de un político-administrativo previsto en la Constitución Local el TEEH es incompetente para resolverlo. 

  • Teodoro Santos

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