Municipios de postulación exclusiva para mujeres podrían llegar a 41

Será la autoridad electoral local quien determine la cantidad de municipios donde los partidos políticos deben acatar esta determinación

Podrían incrementar municipios exclusivos para candidatas en Hidalgo | Raúl Palacios
Pachuca /

Tras las sentencias del TEEH y la Sala Regional CDMX a las demandas contra las reglas inclusivas de postulación emitidas por el IEEH, confirmaron la acción afirmativa para que más mujeres accedan a este cargo de elección popular;

Los municipios donde los partidos políticos deben postular exclusivamente a mujeres a las presidencias municipales serán determinados por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), a través de un nuevo acuerdo, esto tras las sentencias de la Sala Regional Ciudad de México (CDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), así como del Tribunal Electoral del Estado (TEEH).

Al resolver los Juicios de la Ciudadanía (JDC) y Recursos de Apelación (RAP): TEEH-JDC-006-2024 y sus acumulados, en contra del nuevo acuerdo IEEH/CG/004/2024, donde se determinó que en 27 demarcaciones aplicaría esta acción afirmativa; el órgano jurisdiccional local desechó de plano las demandas, debido a que la resolución de su símil del TEPJF dejó sin efectos este documento al ordenar la emisión de un nuevo acuerdo que acate los mandatos de ambas instancias.

De acuerdo a la ponencia de la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga, reiteró la sentencia de la Sala Regional CDMX en el juicio SCM-7/2024 y acumulados, donde se modificó la sentencia original del TEEH en el TEEH-JDC-086/2023 e instruyó al IEEH de un nuevo acuerdo bajo las siguientes condicionantes:

“Acción afirmativa de género; que se emita un nuevo acuerdo en donde, con un refuerzo de fundamentación y motivación, se determinen los municipios que se reservarán para mujeres, tomando en cuenta aquellos ayuntamientos que no han sido gobernados por mujeres desde 1947”, (sic) enuncia el documento emitido por el TEEH este 19 de febrero.

La sentencia de la Sala Regional CDMX añade:

“Debido a la modificación de la sentencia impugnada, se vincula al Tribunal Local a velar por el cumplimiento de esta determinación bajo los parámetros establecidos en la misma”;

Derivado de estos párrafos, la ponencia de Martínez Lechuga consideró que el acuerdo impugnado del IEEH donde se identifican 27 municipios exclusivos para la postulación de mujeres cesó sus efectos y por ende dejó sin materia las demandas en su contra.

Finalmente, cabe recordar que la determinación original del TEEH mandató la modificación del primer acuerdo de reglas inclusivas de postulación, en materia de género, definió 20 municipios exclusivos para candidatas; en tanto, la resolución de la Sala Regional CDMX dejó sin efectos, de acuerdo al TEEH y su determinación, el acuerdo donde ascendió a 27 demarcaciones bajo este supuesto

La sentencia original de la autoridad local en el TEEH-JDC-086/2023, proyectó un total de 41 municipios donde no ha gobernado una mujer desde 1947, por lo cual el IEEH podría imponer esta medida para 41 postulaciones dejando a los partidos políticos con sólo un municipio pendiente para cumplir con el mandato constitucional de equidad de género en las postulaciones, ya que deben ser 50 por ciento hombres y 50 por ciento mujeres; es decir 42 candidatas, mínimo, y 42 candidatos a las presidencias municipales por partido político, coalición o candidatura común.



  • Teodoro Santos

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