El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) informó que analiza las vías legales para que, aun sin quórum para sesionar, pueda promover una nueva impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el nuevo decreto presidencial que clasifica las obras de infraestructura como de “seguridad nacional”.
Una de esas posibilidades es argumentar ante la Corte la violación a los derechos humanos que implica ocultar la información, la cual debe ser pública.
Clasificar las obras como de seguridad nacional es un argumento que permite ocultar la información sobre las mismas por parte de las dependencias del gobierno federal.
Seguridad nacionalArtículo 6
El artículo sexto, párrafo sexto, de la Constitución establece que sólo la información podrá ser reservada temporalmente por razones de interés pública y de seguridad nacional."Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.
"En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la
declaración de inexistencia de la información".
A diferencia de diciembre del 2021, cuando presentaron la controversia contra el acuerdo presidencial del 22 de noviembre de 2021 que pretendía blindar la información de las obras relevantes del gobierno federal, en esta ocasión, el INAI no cuenta con el quórum requerido para sesionar y aprobar la presentación de una nueva controversia constitucional.
No obstante, los cuatro comisionados del pleno del INAI y el director de Asuntos Jurídicos, Gonzalo Sánchez de Tagle, analizan las posibilidades legales que aún tienen para defender la transparencia y el derecho de acceso a la información ante esta nueva decisión presidencial.
Ante ello, el INAI podría acudir nuevamente ante la Corte para solicitarle que acelere su resolución respecto de la suspensión solicitada, la cual, de otorgarse, le permitiría sesionar válidamente con cuatro comisionados.
Pero también, el INAI podría utilizar su facultad constitucional de ser un órgano garante de derechos humanos y ante las violaciones graves a los mismos que el decreto presidencial implica, habilitarse a sí mismo para sesionar con cuatro con el argumento “pro persona” establecido en la Constitución, que mandata priorizar los derechos humanos, y presentarse ante la Corte con un recurso que alerte sobre esa situación.
JLMR