Reclamo de CNDH por caso Aburto es descortés y revela desconocimiento: INAI

Los comisionados expusieron que una reunión previa a la emisión del pronunciamiento hubiera sido conveniente y saludable para evitar el choque; resoluciones del INAI no se pueden impugnar, sostuvo Acuña Llamas.

El INAI y la CNDH se han enfrentado ante un desacuerdo sobre el caso de Mario Aburto. | Cuartoscuro
y Rafael Montes
Ciudad de México /

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) lamentó el reclamo que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ante las resoluciones sobre la entrega de documentos, en versión pública, que forman parte de la recomendación por el caso de Mario Aburto, asesino confeso del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio.

En voz del comisionado Francisco Javier Acuña, el INAI se pronunció respecto el comunicado de la CNDH, el cual, en la víspera, anunció que dará “una batalla legal” contra las resoluciones emitidas por el INAI y lo acusó, además, de pretender poner en riesgo el caso.

Acuña Llamas expuso el extrañamiento que causó el comunicado de la CNDH y consideró que siempre debe haber, ante todo, un diálogo republicano y un respeto entre las instituciones, pero lamentó que el caso del magnicidio del candidato sirva “de banquete para una posible colisión innecesaria entre dos instituciones que tutelan los derechos fundamentales”.

Expuso que una reunión previa a la emisión del pronunciamiento de la CNDH hubiera sido conveniente y saludable para evitar el choque, pues “sólo revela desconocimiento, confusión y expresiones del todo desafortunadas, porque, ya dije, es impropio un lenguaje en esos términos entre un órgano constitucional autónomo y otro”, pero opinó que si la “batalla legal” a la que la comisión se refirió, implica presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación “no sería más que una buena oportunidad” para sosegar los ánimos.

“Que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que, al final, con el bisturí de una interpretación omnicomprensiva y superior, determine los contornos específicos de las competencias, probablemente enfrentadas o comprometidas, y que, de esta manera, con la luminosidad de la interpretación superior del Máximo Tribunal, venga a sosegar las cosas y a darnos a todos luz”, dijo.

Recordó que en 2015 ocurrió un caso similar, pero sin los exabruptos que ahora se presentan, sino con una “enorme categoría de jurista de gran cartel” del entonces ombdusman Luis Raúl González Pérez, cuando el INAI ordenó abrir la investigación del caso Ayotzinapa y que ahí, la Corte les dio la razón.

En el marco de la primera sesión ordinaria del 2022, del Sistema Nacional de Transparencia, que agrupa a todos los institutos de transparencia del país, Acuña salió en calidad de vocero del pleno del instituto, en defensa del INAI.

“Nos pareció a todos como un balde de agua fría, ayer, la emisión de una carta que, no solamente es descortés, porque incluso alcanza los niveles del agravio, de una institución que consideramos, como nosotros, órganos constitucionales autónomos, hermana en términos de la pertenencia a ese conjunto de instituciones construidas a la luz de nuestra Constitución para misiones específicas.
“Francamente, lo que nos parece y causa extrañamiento es que venga esta resolución a colocarse en una posición de confrontación. La CNDH dice que no le parece correcto, que no es dable que ella, que defiende los derechos humanos, se encuentre con un planteamiento de confrontación cuando nuestras resoluciones le ordenan, no le solicitan ni le recomiendan, le ordenan; conforme a las potestades del INAI, afincadas en el artículo sexto de esta Constitución, entregar una versión pública suficiente y conveniente al grado de la utilidad del derecho que estamos custodiando”, añadió.

El comisionado dijo que si bien ni la CNDH ni el INAI son ministerios públicos ni fiscalías, “en el ámbito de nuestras correspondientes responsabilidades, al INAI le toca, en un caso de esta naturaleza, ordenar una versión pública suficiente para que quien haya solicitado la información relacionada con una serie de actuaciones y una serie de actas, ideas e incluso peritajes médicos, se pueda conocer más, hasta donde el límite lo permita, para despejar estas dudas que, convertidas en nubarrones, han oscurecido la procuración de justicia en este país”.

Acuña confió en que haya pronto un dialogo adecuado entre el INAI y la CNDH para despejar dudas y aplacar resabios de confrontación y de rebeldía, “porque lo peor del comunicado es que está anunciando una rebeldía para lo que venga respecto de las recomendaciones que este organismo seguirá emitiendo porque es su deber, no por otra razón”.

​Resoluciones de INAI no pueden impugnarse: comisionado 

Por separado, Acuña Llamas sostuvo que las resoluciones del INAI hacia sujetos obligados no pueden impugnarse.

"Las resoluciones del INAI son inatacables, son inimpugnables por ningún sujeto obligado, el INAI le emite resoluciones a los tres poderes federales y a todas sus dependencias, instituciones, órganos constitucionales autónomos, partidos políticos y sindicatos nacionales y ninguno de ellos puede emitir una defensa legal respecto una resolución del INAI", explicó.

El comisionado indicó en entrevista para MILENIO Televisión que el INAI defiende dos derechos humanos: el de acceso a la información y la protección de datos personales.

Acuña Llamas puntualizó que Mario Aburto tiene una "enorme" relevancia pública, pues "es el epicentro de una trama que no está del todo despejada". 

El comisionado apuntó que la postura del INAI sobre el reclamo de la CNDH fue tomada de manera colegiada y por unanimidad. 

LP​ | JLMR

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