El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) suprimió el uso de la tarjeta corporativa American Express para el pago de viáticos de los comisionados, los cuales deberán usar únicamente tarjetas de débito empresariales.
El 17 de abril, por unanimidad de las tres comisionadas y el comisionado presidente, el instituto modificó sus Lineamientos Internos que Regulan la Asignación de Comisiones, Viáticos, Pasajes Nacionales e Internacionales.
Dichas modificaciones, anunciadas el jueves 9 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), actualizaron los lineamientos que estaban vigentes desde 2022 y entraron en vigor el 1 de mayo.
Los cambios más relevantes consisten en la supresión del uso de la tarjeta corporativa American Express y la reducción en la cuota diaria de viáticos permitida para gastar en viajes nacionales.
Con los lineamientos anteriores, el uso de la tarjeta corporativa estaba reservado exclusivamente para los comisionados y para el director general de Asuntos Internacionales, mientras que para el resto de servidores públicos del instituto se asignaba una tarjeta de débito empresarial.
Con ella, podían pagar pasajes, viáticos y gastos de alimentación, pero no bebidas alcohólicas, tabaco, cigarros electrónicos, vaporizadores y artículos de uso personal.
Ahora, todos los servidores públicos del instituto, incluyendo los altos mandos, deberán usar la tarjeta de débito empresarial que se les asigne, la cual será fondeada con recursos financieros de acuerdo con el oficio de comisión y a las tarifas vigentes autorizadas, debiendo restituir a la cuenta pagadora del instituto los fondos no ejercidos al término de dicha comisión.
Las restricciones para su uso se mantienen: no podrán usarse para pagar bebidas alcohólicas, tabaco, cigarros electrónicos, vaporizadores y artículos de uso personal.
Todo el apartado referente al uso de las tarjetas corporativas fue suprimido en los nuevos lineamientos.
Las medidas fueron tomadas luego de que se revivió el caso del ex comisionado Óscar Guerra Ford, quien, siendo integrante del instituto, en 2014, pagó con la tarjeta corporativa, al menos en dos ocasiones, consumos por más de 20 mil pesos en un table dance.
En lo relativo a la cuota diaria de viáticos permitida, se pasó de un máximo de 4 mil 600 pesos al día a 3 mil 500 pesos sólo si se pernocta en el lugar de la comisión, mientras que la cuota sin pernocta pasó de dos mil 550 a dos mil pesos, como máximo, para equipararla a todos los servidores públicos, incluyendo los comisionados y altos mandos.
Nuevas reglas
Además, los nuevos lineamientos establecen candados para las actividades nacionales a las que pretendan acudir los comisionados, como que el oficio de comisión deberá ser tramitado por su jefe o jefa de ponencia y, además, contar con el visto bueno de la Dirección General de Administración, aun cuando se trate de la asistencia a eventos o comisiones que no representen erogación alguna.
En las reglas anteriores no se responsabilizaba a las Jefaturas de Ponencia del trámite del oficio y no se requería el visto bueno de la DGA, sino sólo notificarle de la asistencia.
Asimismo, se amplió la posibilidad de que cualquier comisionado o comisionada, aun sin ser quien presida el pleno, asista a actos del Sistema Nacional de Transparencia; en los lineamientos anteriores se establecía “se privilegiará a la Comisionada o Comisionado Presidente, dado que funge como Presidente(a) del Sistema”.
Otro cambio significativo consiste en que, en los lineamientos anteriores, se establecían 15 días como duración máxima de las comisiones al interior del país y no podían prorrogarse en ninguna circunstancia.
Ahora, el número de días de la comisión oficial “será el estrictamente necesario para el cumplimiento de los objetivos institucionales y, excepcionalmente, podrá ser ampliado por causas justificadas, con apego a criterios de disciplina, racionalidad y austeridad”.
Una nueva medida aprobada es que “no se otorgarán viáticos para una siguiente comisión en tanto no se haya concluido el procedimiento de comprobación de comisiones anteriores y en su caso, el reintegro de recursos no utilizados”, con algunas excepciones.
Las nuevas reglas también determinaron que no se pagarán gastos de alimentos al interior de la Ciudad de México, salvo en establecimientos de la terminal aérea o terrestre de la Ciudad de México.
Asimismo, se establece que “el Instituto no pagará facturas de establecimientos de alimentos que se ubiquen fuera de la ciudad o lugar de destino de la comisión, salvo aquellos establecimientos que se encuentren dentro de la ruta de la comisión”.
LG