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INE prevé negar a Lenia Batres aparecer en boleta como “Ministra del Pueblo’

INE recibió 24 solicitudes similares: el ángel de la justicia, el defensor popular, el magistrado del pueblo, el abogado del pueblo, el juez del pueblo y hasta el juez de AMLO.

Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El INE prevé negar a la ministra Lenia Batres aparecer en la boleta con el sobrenombre de “Ministra del Pueblo”, por considerar que se trata de propaganda electoral que busca promover o desalentar actitudes relacionadas con un partido político, lo que generaría inequidad en la contienda y confundiría al electorado.

La mañana de este miércoles, el INE incluyó una segunda sesión extraordinaria urgente al término de la ya programada para este día, en el que prevé rechazar las 24 solicitudes de sobrenombres que ha solicitado, comenzando por el de Lenia Batres.

La ministra envió una solicitud del Instituto Nacional Electoral en la que pidió aparecer en la boleta con el sobrenombre “Ministra del Pueblo”, porque consideró que así la llama y la conoce la ciudadanía, incluso, dio especificaciones de las mayúsculas que deben aparecer en las palabras ‘Ministra’ y ‘Pueblo’.

Sin embargo, el proyecto que se votará esta tarde en el Consejo General del INE a petición de la consejera presidenta Guadalupe Taddei concluye “negar la inclusión de sobrenombres en las boletas”, porque “si bien la previsión de incorporar un sobrenombre es legal, lo cierto es que no sólo basta con solicitarlo”.

La negativa para Lenia Batres incluye otro grupo de solicitudes en donde varios aspirantes pidieron usar sobrenombres relacionados con el pueblo y uno incluso, hasta con las siglas del expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Algunas de las peticiones son “El ángel de la justicia”, “el defensor popular”, “el magistrado del pueblo”, “el magistrado del cambio”, “el abogado del pueblo”, “el defensor del pueblo”, “el juez de pueblo”, “el juzgador de la nación”, “el juez de AMLO, el juez de la 4T, el juez del pueblo” o “la jueza de la verdad”.

El proyecto concluye que estos sobrenombres “se apartan de los límites establecidos en la jurisprudencia 10/2013, al tratarse de expresiones que pueden constituir propaganda electoral.

“Una forma de comunicación persuasiva, tendente a promover o desalentar actitudes en pro o en contra de un partido político o coalición, una candidatura o una causa con el propósito de ejercer influencia sobre los pensamientos, emociones o actos de un grupo de personas simpatizantes con otro partido, para que actúen de determinada manera, adopten sus ideologías o valores, cambien, mantenga o refuercen sus opiniones sobre temas específico”.

Por lo que estos sobrenombres, en realidad “son frases con las que pretenden ser conocidos y posicionarse indebidamente frente al resto de las candidaturas, rompiendo los principios de equidad e imparcialidad”.

De aprobarse, la ministra Lenia Batres y el resto de las y los candidatos podrán acudir al Tribunal Electoral que tendrá la última palabra.

LG

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