La revisión del Dictamen consolidado de revisión de informes de campañas, ingresos y gastos de los candidatos y candidatas al cargo de presidentes municipales del pasado 2020 mandató la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al Instituto Nacional Electoral (INE), esto al resolver el Recurso de Apelación (RAP) bajo expediente ST-RAP-33/2020, promovido por el partido político local Podemos.
De igual forma se revocó de manera parcial el acuerdo CG615/2020 así como resolución 616 del mismo año, aprobados por el Consejo General del INE, debido a que la fuerza política local señaló la existencia de irregularidades encontradas en el cálculo de los montos con los que sancionó algunas de las irregularidades cometidas por sus aspirantes durante sus actividades proselitistas, así como de la entrega de sus informes respectivos en materia de fiscalización.
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El partido local Podemos impugnó las 14 conclusiones sancionatorias establecidas en los incisos D al G, del considerando 8 de la resolución previamente señalada; pues planteó que existen diversas irregularidades tales como: errores aritméticos en la determinación de la sanciones, el monto, motivación y fundamentación de las multas, datos detectados en visitas de verificación y monitoreo de internet; así como de propaganda, acciones operativas afirmado que contrariamente a los resuelto por el órgano electoral federal sí fueron reportados en tiempo y forma.
Por ello la Sala Regional Toluca consideró fundados los agravios del partido político, revocó parcialmente la resolución y anexos emitidos por el INE, y mandató que se haga una revisión de todos los elementos para que se pueda determinar de mejor forma y con completa certeza las infracciones que cometió la fuerza local y con base en ello se pueda emitir una multa que esté fundada y motivada.
Cabe recordar que de acuerdo al documento del INE el partido político local Podemos sería acreedor a un monto de dos millones 772 mil 288.32 pesos, por concepto de multas por diversos faltantes en sus informes de ingresos y gastos de campaña en el pasado proceso electoral 2019-2020, por lo cual deben revisarse nuevamente en el órgano electoral federal, con lo cual la cifra podría disminuir e incluso aumentar derivado de alguna omisión.