El Instituto Nacional Electoral (INE) incluyó en el reglamento de designación y remoción de los consejeros electorales locales, que aquellas personas que aspiren a estos cargos deberán comprobar que no cuentan con antecedentes de violencia de género.
Con estos nuevos lineamientos, ninguna persona que haya cometido algún tipo de violencia en contra de las mujeres podrá ser parte de los Organismos Públicos Locales.
El reglamento, ahora indica que quienes aspiren a estos cargos deberán presentar un formato 3 de 3 contra la violencia en el que acrediten que no son personas condenadas por violencia familiar y/o doméstica; cualquier agresión de género en el ámbito público o privado; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o intimidad corporal; o que sean deudor alimentario moroso.
Quienes no incluyan este formato en su documentación de registro al lanzarse las convocatorias, no podrán continuar en el proceso de selección.
“La obligación de presentar el formato por parte de las personas que aspiran a estos cargos prevé que, entre los integrantes de los máximos órganos de dirección de los OPL y las diversas áreas de este instituto, se encuentren personas cuyo actuar dentro del ámbito personal garanticen los principios de imparcialidad y paridad con perspectiva de género”, indicó el INE en un comunicado.
Otros de los cambios que se incluyen en el reglamento son los ensayos en línea ante la pandemia de covi-19 y se eliminó el requisito de que únicamente podrían participar quienes cuenten con nacionalidad mexicana de nacimiento.
JLMR