José Manuel Del Río quiso recuperar libertad con recomendación de CNDH; juez rechaza modificar medida cautelar

José Manuel del Río es acusado por la presunta comisión del homicidio de Remigio René Tovar, ex candidato de Movimiento Ciudadano a la alcaldía de Cazones de Herrera.

José Manuel del Río permanece recluido en Pacho Viejo desde diciembre 2021. | Facebook
Rubén Mosso y Isabel Zamudio
Xalapa, Veracruz /

Un juez federal rechazó modificar la suspensión definitiva otorgada a José Manuel del Río Virgen, secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado (Jucopo), debido a que el amparo que se le otorgó y que ordena su liberación, aún no causa ejecutoria.

Del Río Virgen ofreció como prueba, para tratar de recuperar su libertad, la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), donde el organismo considera que se han violado los derechos humanos del quejoso.

Sin embargo, Arturo Cuéllar Díaz, juez Décimo Séptimo de Distrito en el estado de Veracruz, determinó que en estos momentos no se puede modificar la suspensión definitiva que le concedió en enero pasado porque el juicio que presentó para demandar su libertad aún no concluye.

Durante una audiencia celebrada este martes, la defensa de Juan Manuel del Río demandó su liberación.

No obstante, Cuéllar Díaz dijo que la sentencia que emitió el pasado 9 de marzo y que amparó al secretario técnico, la considera que no hay pruebas que demuestren que es responsable del homicidio del candidato a la alcaldía de Cazones de Herrera por Movimiento Ciudadano, Remigio René Tovar, ésta “aún no adquiere firmeza”.

Explicó que la Fiscalía General del Estado de Veracruz ya presentó escritos impugnando la sentencia, para que sea un Tribunal Colegiado el que analice el caso.

Por esta razón, no puede modificar la prisión preventiva que le fue impuesta y mucho menos la suspensión definitiva que le concedió el 27 de enero de 2022.

El juzgador dijo que a pesar de la recomendación emitida por la CNDH y que presentó como prueba para demandar su libertad, no es posible realizar un nuevo análisis del caso.

Añadió que aun cuando la prueba que presentó pudiera reforzar el sentido del fallo del amparo, éste no es motivo para que se analice modificar la medida cautelar impuesta.

“En conclusión, se reitera, a juicio de este órgano jurisdiccional, resulta improcedente el incidente en estudio, al no actualizarse la hipótesis prevista en el artículo 154 de la Ley de la materia.”, concluyó.

El juez también dio a conocer que la Fiscalía General del Estado de Veracruz interpuso un recurso de revisión para tratar de echar abajo la sentencia a favor de José Manuel del Río Virgen, pero no dio trámite a la petición, porque las autoridades no presentaron la documentación necesaria.

Por esta razón, dio un plazo de tres días para que la fiscalía entregue la documentación, o de lo contrario no se tendrá por presentada la impugnación.

El recurso de revisión fue presentado ayer para que fuera turnado a un Tribunal Colegiado, con el propósito de que se revise el fallo emitido por Cuéllar Díaz.

El pasado 9 de marzo, el juez emitió una sentencia que desbarató la acusación de la fiscalía, porque señaló que el Ministerio Público se basó en suposiciones para acusar al secretario, así como en hechos circunstanciales, supuestas amenazas, la popularidad del candidato asesinado, la importancia del municipio y la cercanía del imputado con senadores.

JLMR / DMZ

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