Un juez federal acordó solicitar al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, un informe previo de la consulta que se realizó por el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
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Lo anterior derivó del juicio de amparo que promovió Roberto Borbolla Torres Torija, abogado del ITAM, quien la semana pasada impugnó la consulta.
En el acuerdo emitido este lunes en el juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, bajo el número de expediente 1215/2018, el juez Juan Carlos Guzmán Rosas señaló:
“Agréguese el oficio...pretende rendir informe previo por el presidente electo, en este cuaderno de suspensión...En ese orden la persona física que suscribe el escrito a través del cual pretende rendir informe previo...sólo el presidente electo cuenta con legitimidad de la causa-, ya que únicamente está facultado para otorgar la representación de personas que formarán parte del equipo de transición o en su defecto, firmar el propio documento mediante el cual rinda el informe que constriñe la Ley de Amparo...Notifíquese”.
Funcionarios judiciales han mencionado que los escenarios que deberá resolver el juez, es si el presidente electo Andrés Manuel López Obrador tiene carácter de autoridad, y si la “consulta” cumple con los requisitos que ordena el artículo 35 de la Constitución.
La semana pasada el juez admitió a trámite el amparo y estimó que el solo hecho de que se señale como autoridad responsable al presidente electo no podía llegar a desechar la demanda de amparo.
“…máxime que resolver si los actos del presidente electo pueden ser sometidos a control de la constitucionalidad a través del juicio de amparo es una cuestión que se involucra con el análisis que deberá realizarse en la sentencia de fondo”, detalla el acuerdo del juzgador.
El quejoso reclamó el comunicado 1 del gobierno de transición, del presidente electo, del 15 de octubre del presente año, por el que se dio a conocer el formato de “Consulta Ciudadana del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, así como la “Consulta Ciudadana”, en los que se puso a consulta los gastos del Estado relacionados con la construcción de la nueva terminal aérea, “con efectos vinculantes que de facto se darán después de la toma de protesta del 1 de diciembre” de este año.
“Entonces, si el acto reclamado por el quejoso consiste en la consulta pública convocada para el 25 de octubre de 2018, acerca de la construcción, administración, operación y explotación del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, es claro que por ahora no existen elementos suficientes para advertir una causa de improcedencia del juicio, y por ende, del desechamiento de la demanda”, indicó el juzgador.
VJCM