Las modificaciones empleadas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se estipula que las niñas y adolescentes gocen del ejercicio de sus derechos humanos, entre otras disposiciones, fueron publicadas hoy en el Diario Oficial de la Federación.
Se realizaron modificaciones a más de 13 artículos, ahora el documento ya estipula que es un derecho de las mujeres, adolescentes y niñas de la Ciudad de México y toda la república mexicana tener una vida digna, universalidad, interdependencia, entre otros. Mismos que en la última modificación de 2021 no estipulaba.
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Cabe destacar la integración de seis apartados en el artículo quinto, los cuales hablan de las muertes evitables, que son aquellas que no debieron ocurrir en el servicio de salud mexicano por no tener una atención prioritaria y rápida, así como la interculturalidad con reconocimiento y respeto, entre otros.
En las modificaciones más específicas que se realizaron en tema de violencia feminicida, aclara que:
"Se manifiesta a través de conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo sus vidas o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, u otras formas de muertes evitables y en conductas que afectan gravemente la integridad, la seguridad, la libertad personal y el libre desarrollo de las mujeres, las adolescentes y las niñas".
Además, en los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en la legislación penal sustantiva, entre otras modificaciones que entrarán em vigor este fin de semana, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, desde esa fecha el ejecutivo federal tendrá un plazo de 70 días naturales para reformar el reglamento de la ley para aquellas partes en que sea necesario.
EABZ