La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los Tribunales Colegiados aplazar el dictado de la resolución en los casos que se analicen la constitucionalidad de las reformas a la Ley Minera, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en Materia de Concesiones para Minería y Agua.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Corte publicó un Acuerdo donde establece que tiene pendiente por resolver una acción de inconstitucionalidad, una controversia constitucional y nueve amparos en revisión que impugnan el Decreto publicado el 8 de mayo de 2023, relacionado con la reforma, adición y derogación de diversas disposiciones de los citados estatutos.
Las leyes mencionadas reducen las concesiones mineras de 50 a 30 años; prohíbe que éstas se otorguen en áreas naturales protegidas, zonas que pongan en peligro a la población y zonas sin disponibilidad de agua.
Asimismo, se reserva para el Estado la exploración, explotación, beneficio, uso y aprovechamiento de los minerales o sustancias estratégicas para el mismo; determina requisitos para la terminación anticipada y la transmisión de la titularidad de condiciones mineras y considera mecanismos para la reducción de riesgos cuando se realicen actividades mineras.
También establece motivos para cancelación de concesiones mineras y requisitos para obtenerlas, y contempla sanciones más severas para quien incumpla estos ordenamientos jurídicos.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por un grupo de diputados de oposición y, el 16 de junio de 2023, se turnó al ministro Alberto Pérez Dayán como instructor. Diez días después se admitió a trámite.
Tras la presentación de alegatos de las partes, el ministro Pérez Dayán determinó, el 12 de septiembre de 2023, el cierre de instrucción de la acción de inconstitucionalidad con el propósito de elaborar el proyecto de resolución.
PNMO