Exigirán con Ley de Movilidad factibilidad de transporte en nuevos fraccionamientos

En un dictamen circulado por Desarrollo Metropolitano y Desarrollo Urbano, señalan que para la aprobación de nuevos desarrollos habitacionales deberán contar con la aprobación de la factibilidad del servicio de transporte.

Los nuevos fraccionamientos deberán contar con factibilidad al transporte público. (Foto: Archivo)
Ricardo Alanís
Monterrey /

Dentro del proyecto de dictamen que plantean en el Congreso local dos de las comisiones legislativas participantes en la elaboración de la nueva Ley de Movilidad, contemplan que para aprobar nuevos fraccionamientos se debe de contar con la factibilidad de servicio de transporte urbano en el referido desarrollo habitacional.

El dictamen, que circularon las comisiones de Desarrollo Metropolitano y Desarrollo Urbano, que presiden diputados del Partido Acción Nacional (PAN), precisan en su artículo 10 del proyecto de esta nueva normativa, que para la aprobación de los nuevos desarrollos habitacionales, por parte de las administraciones municipales, se deberá contar con la aprobación de la factibilidad del servicio de transporte público de pasajeros que emita el Instituto Estatal del Transporte, organismo de nueva creación, que sustituirá a la Agencia Estatal del Transporte, en caso de que se apruebe la Ley de Movilidad.

“Para la aprobación de los nuevos desarrollos habitacionales, deberá contarse con la aprobación de la factibilidad del servicio de transporte público de pasajeros emitida por el Instituto, en el que se valorará el estudio de movilidad presentado por el desarrollador de acuerdo a lo establecido en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado.
“En caso de aprobarse la factibilidad en la misma se establecerán las medidas necesarias para proporcionar un servicio de calidad a los usuarios y de acuerdo a las tarifas establecidas por el Instituto”, señala el dictamen circulado.

Precisa que en caso de ser negativa la factibilidad, los desarrolladores podrán obligarse mediante un convenio con el Instituto, como medida de adaptación a proporcionar con cargo al desarrollador los servicios de transporte para el nuevo desarrollo hasta en tanto se determine por el Instituto que existe la demanda que justifique la prestación del servicio público en las condiciones tarifarias y de calidad establecidas para el resto de las rutas, lo anterior con base en lo que señale el Reglamento.

En caso de que los traslados tengan que realizarse recorriendo tramos de jurisdicción federal en todo caso deberá justificarse el contar con las autorizaciones federales conducentes para la celebración de los convenios referidos.

“En ningún caso podrán autorizarse desarrollos habitacionales nuevos sin contar con la factibilidad del servicio de transporte público de pasajeros, o haberse obligado mediante el convenio de medidas de adaptación a que se refiere el presente artículo”, cita el texto.

Además, en la etapa de construcción de los desarrollos nuevos autorizados, donde no se cuente con el servicio de transporte público de pasajeros, las empresas constructoras o desarrolladoras deberán presentar un programa de traslado de personal para su aprobación por parte del Instituto, en los términos del reglamento.

Para la nueva ley trabajaron las comisiones unidas de Transporte (que preside la diputada de Morena, Julia Espinosa), y las de Desarrollo Metropolitano, que preside el panista, Jesús Nava y la Comisión de Desarrollo Urbano, que encabeza la diputada del PAN, Nancy Olguín, sin embargo, no han logrado un consenso en relación a un solo dictamen.

Se espera que el documento que presentaron los legisladores panistas se someta a aprobación este lunes, con o sin el aval de la Comisión del Transporte, para luego subirlo al pleno probablemente el martes.

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