¿Qué es la 'Ley Olimpia', con la que se busca erradicar la violencia digital?

La Asociación Latinoamericana de Internet advierte que se debe definir el delito y la persona a perseguir para evitar que se castigue a usuarios inocentes o a plataformas digitales.

La Ley Olimpia busca sancionar a quienes comparten imágenes o videos íntimos de personas. (Cuartoscuro)
Ricardo Lara
Ciudad de México /

La violencia de género es un problema que también se refleja en internet y plataformas digitales, donde existe una nueva forma de ejercerla: compartiendo imágenes o videos íntimos de mujeres sin su consentimiento. Víctimas y activistas exigen que se tipifique esto como un delito, con una serie de reformas a la Constitución y al Código Penal, que han recibido el nombre de Ley Olimpia.

En 2018, activistas lograron que el Congreso de Puebla, Nuevo León y el de Yucatán fueran los primeros en aprobar la llamada Ley Olimpia; mientras que el año pasado, se agregó el término "violencia digital" en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.

Violencia digital

¿Qué es?

La Cámara de Diputados aprobó el 26 de noviembre incluir el término "violencia digital" en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.

Se reformó el artículo seis de la ley para establecer que la violencia digital son aquellos actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa y mensajes de odio.

Asimismo, la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, vídeos y datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, así como otra acción que sea cometida a través de las tecnologías de información y comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o algún otro espacio digital , que atente contra la integridad, dignidad, intimidad, libertad, vida privada o vulnere algún derechos humano de las mujeres.

La llamada Ley Olimpia son un conjunto de reformas para sancionar penalmente a las personas que divulguen videos, fotografías o cualquier tipo de material que viole la privacidad de una mujer, que no dio su consentimiento.

Surgió luego de que Olimpia Coral Melo inició un movimiento para que se tipifique este delito, después de que en 2014, su ex pareja compartió imágenes íntimas de ella en redes sociales.

El movimiento iniciado por Olimpia logró en 2018 que se realizaran las reformas en Puebla para sancionar este delito, por lo que la ley lleva su nombre, y hasta el momento, se ha replicado en 16 estados más.

​Actualmente, la Cámara de Diputados y el Senado trabajan en iniciativas distintas para tipificar el delito de violación a la privacidad en plataformas digitales a nivel nacional, así como homologar las sanciones en todos los estados.

Las iniciativas siguen en discusión en el Congreso de la Unión, sin embargo, ha sido respaldada por diversos colectivos feministas que buscan que se protejan los derechos de las mujeres en plataformas digitales.

Violación de la intimidad sexual

¿Qué es?

Las siguientes son conductas que atentan contra la intimidad sexual:

- Videograbar, audiograbar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados
de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o
mediante engaño.

- Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar,
ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido
sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Ley Olimpia debe definir delito y culpable de manera detallada

Para la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), que ha participado como asesora en la elaboración de los dictámenes de la Ley Olimpia en el Congreso de la Unión, estas reformas deben ser redactadas de manera que sea una ley que pueda cumplirse, sin que se corra el riesgo de que se castigue a personas inocentes o plataformas.

Sissi de la Peña, gerente de Comercio Digital de la ALAI, explicó que esta reforma es parte de la estrategia que gobierno, plataformas digitales y usuarios deben seguir para erradicar la violencia de género.

"Yo creo que es un paso, hay que hacer muchísimas otras medidas, no sólo desde el ámbito legal, sino desde el ámbito educativo, cultural y cívico, y no es cuestión de un mes a otro, es educación a través de las generaciones", dijo en entrevista.

​Además, destacó que es importante que las reformas a las leyes sean claras, para evitar que ésta sea incumplible o se castigue a personas inocentes.

Por ello, ALAI promueve que las personas sancionadas bajo esta ley sean las que comparten, con dolo, el contenido privado a sabiendas de que la víctima no dio su consentimiento, no así a las que puedan difundirlo sin saber si se obtuvo el permiso ni a las plataformas, que sólo son un medio.

Añadió que también es importante que como medida preventiva se ubique el contenido difundido para eliminarlo, y que el delito que debe perseguirse es la difusión del material privado, de manera que la víctima no deba comprobar que efectivamente sufrió un daño, para evitar que sea re victimizada.

Ley Olimpia

Los 4 ejes de ALAI

Delito: Debe sancionarsela revelación o divulgación de contenidos íntimos sin el consentimiento de la persona afectada, sin que la víctima deba comprobar que efectivamente sufrió daños.

Redacción: Los verbos usados en la ley deben ser "revele" o "divulgue".

A quien se sanciona: Se debe sancionar a quien divulga el material íntimo a sabiendas de que no hay consentimiento para hacerlo. No a quien pudiera compartirlo sin tener certeza ni a las plataformas.

Medida Precautoria: Ubicar y eliminar el material que viole la intimidad de la persona afectada.

De la Peña añadió que si bien el gobierno debe coadyuvar para evitar que se cometan delitos a través de plataformas digitales, los usuarios también deben cuidar su "vida digital", para reducir al mínimo la posibilidad de que sean agredidas.

"Hay que tener en cuenta que tenemos una vida digital, sobre todo que todo lo que tú hagas en el entorno digital, sea una fotografía, un email, un texto, deja huella digital, entonces tenemos que saber. (...) Las redes sociales masifican, si tú tienes 15 amigos en tu calle, con las redes sociales podrían ser hasta 40 mil. (...) Hay que tener cuidado de con quién interactuamos", dijo.

Sissi de la Peña recalcó que la sociedad debe ir generando marcos normativos a medida que se van desarrollando nuevas tecnologías para garantizar que no se violen los derechos de ninguno de los usuarios.

“Así como vienen nuevas tecnologías que cambian la forma en la que nos desarrollamos, a la par hay que ir desarrollando políticas públicas y desarrollando marcos normativos para ir asegurando que los derechos de uno no contradigan los derechos de otro”.


“(…) La importancia de una ley como ésta es porque es el desarrollo de nuestra sociedad tal cual, porque de manera conjunta vamos desarrollando la sociedad en la que vamos interactuando día a día”.

Pese a que la iniciativa aún está en discusión, activistas se han mostrado a favor de que esta ley sea una realidad para evitar que más mujeres sean víctimas de personas que difundan fotografías o videos suyos con contenido sexual.

"Esperamos que (con esta ley) identifiquemos cómo poner estas medidas que prevengan o que detengan este tipo de conductas, que puede poner una advertencia de 'tu comportamiento no es el adecuado'. A final de cuentas, lo que queremos es erradicar la ley de la violencia digital contra las mujeres", puntualizó.

RLO​

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