¿Qué ha pasado con la Licencia Menstrual en México y cuántos estados la han aprobado?

Pocos son los estados que permiten a sus trabajadoras menstruantes ausentarse por los síntomas del periodo, sin embargo, ninguna de estas licencias son aplicables en la iniciativa privada.

Congresos Locales han aprobado las licencias para mujeres y personas menstruantes que laboren para el Estado | Freepik
Alejandra Sigala
Ciudad de México /

El reconocimiento de las necesidades que tienen las mujeres y personas menstruantes avanza a marchas forzadas en México y más aún en el ámbito laboral. Los síntomas relacionados con el ciclo menstrual, como el cansancio, los cólicos o los cambios de humor, pueden dificultar el desempeño de sus actividades diarias, afectando tanto su bienestar como su productividad. Y sin embargo, esto todavía no es plenamente reconocido por la ley.

Para quienes padecen trastornos como la dismenorrea, el síndrome de ovario poliquístico o la endometriosis—condición que afecta a una de cada 10 mujeres mexicanas—, estos síntomas suelen ser mucho más severos. Enfrentar jornadas laborales completas en estas circunstancias puede convertirse en un desafío aún mayor.

De ahí que se ha buscado impulsar la implementación de las Licencias Menstruales para que mujeres y personas menstruantes que presenten síntomas incapacitantes puedan ausentarse o, en otro caso, realizar sus labores a distancia o con jornadas reducidas. No obstante, su implementación avanza con lentitud y enfrenta retos importantes en su regulación y aceptación.

¿Qué estados han aprobado la Licencia Menstrual?

Menos de la mitad de los estados han aprobado las licencias menstruales. 

Y dentro de estos la mayoría son aplicables únicamente a mujeres o personas menstruantes que laboran para el Estado, por lo que aún no se cuenta con regulación dirigida a la iniciativa privada.

  • Colima

A partir del 2 de junio del 2022, la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima contempla un permiso con goce de sueldo a mujeres o personas menstruantes diagnosticadas con dismenorrea.

El periodo de ausencia será determinado por un o una especialista en Ginecología adscrita a una institución pública, la cual deberá expedir el respectivo certificado médico.

El artículo 79 de la Ley de Educación del Estado también garantiza dicho derecho, con las mismas condiciones, para mujeres o personas menstruantes estudiantes.

  • Hidalgo

Las mujeres y personas menstruantes diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria, en grado incapacitante, podrán disponer de un permiso con goce de sueldo por hasta dos días cada mes. Este derecho está contemplado en el Artículo 17 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo.

Para ello, la persona deberá acreditar la patología con un certificado médico emitido por una o un especialista en Ginecología de alguna institución del Sistema Nacional de Salud— cuya vigencia será de seis meses—. El artículo subraya que el diagnóstico no podrá considerarse como enfermedad profesional o riesgo de trabajo.

En el mayor de los casos se solicita un certificado médico para solicitar la Licencia Menstrual | Freepik

  • Tamaulipas

La Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas establece como obligación del Gobierno con sus trabajadores otorgar incapacidad de hasta por tres días con goce de sueldo a mujeres trabajadoras que acrediten médicamente que “el dolor ocasionado por su periodo menstrual les impide y/o limita el desempeño de sus actividades”.

  • Quintana Roo

Mujeres trabajadoras y personas menstruantes con diagnóstico de dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante— o con otros síntomas ocasionados por el periodo menstrual— tendrán derecho a un permiso de dos a tres días hábiles mensuales, según el Artículo 35-Octies de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Quintana Roo.

Se deberá presentar un certificado médico expedido por una persona especialista en Ginecología, perteneciente a alguna institución del Sistema Nacional de Salud. Al igual que Hidalgo, la Ley quintanarroense rechaza que este diagnóstico sea considerado enfermedad profesional o riesgo de trabajo.

  • Campeche

El 19 de febrero del 2024 se adicionaron tres párrafos en el Artículo 31 TER, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Campeche, para otorgar un permiso de hasta dos días por mes, con goce de sueldo, a las mujeres y personas menstruantes diagnosticadas con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.

Para hacer válida la licencia, el Estado solicita un certificado médico que acredite el padecimiento expedido por una institución del Sistema Nacional de Salud; el cual podrá mantener una vigencia de hasta seis meses a partir de su expedición.

  • Nuevo León

En enero del 2024 se adicionó el artículo 24 Bis 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León para otorgar un permiso de hasta dos días a las “trabajadoras menstruantes”, estatales o municipales, diagnosticadas con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.

Dicha licencia antepone la opción de realizar su trabajo a distancia, mientras que la ausencia se otorgará toda vez que por la naturaleza del trabajo no sea posible llevarlo a cabo a la distancia.

Para ambos casos se requiere presentar un certificado de salud expedido por la Institución de Seguridad Social del Gobierno del Estado o del Municipio, en su caso. En caso de particulares, el documento deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quien lo expida, así como la fecha y el estado de salud de la persona trabajadora.

Una encuesta que Dalia Empower levantó en algunos de estos estados arrojó que en 51.8% de los casos es la empresa la que dificulta el acceso a la licencia; 27.7% señaló al hospital, clínica, personal médico o sector salud, y el 20.5% señaló a otra entidad.

Respecto a la iniciativa privada, el grupo subrayó que ante la falta de una legislación es necesario aplicar acciones para mitigar las dificultades que impactan en la productividad de las mujeres y personas menstruantes, tales como contar con pastillas para el dolor o brindar flexibilidad laboral.

Licencia menstrual no avanza en el Congreso de la Unión

Una revisión hecha por MILENIO identificó que la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados recibió 13 iniciativas relacionadas con la implementación de la licencia menstrual en la anterior legislatura (que contempla del 1 de septiembre del 2021 al 31 de agosto del 2024).

Según el Sistema de Información Legislativa (SIL), cinco de los proyectos fueron enviados por los Congresos locales de Ciudad de México (CdMx), Campeche, Nuevo León, Sonora y Sinaloa; siete por legisladoras y legisladores de distintos partidos, y uno más por Movimiento Ciudadano (MC).

El sistema marca que 12 de las iniciativas fueron desechadas y sólo la de la Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del PAN, quedó pendiente de discusión. Es decir, ninguna propuesta ha llegado al Pleno de San Lázaro.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social ha recibido más de una decena de iniciativas, pero no han logrado pasar al Pleno | Cuartoscuro

Las propuestas ponían sobre la mesa la necesidad de modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para otorgar permisos que van de uno hasta tres días al mes para ausentarse, con goce de sueldo, a mujeres y personas menstruantes cuyo periodo les impida llevar a cabo sus actividades laborales.

Algunas iniciativas también planteaban que se ofreciera laborar vía remota, en línea o incluso con horarios reducidos.

Sin embargo, en la mayoría de los casos se estipula que los permisos aplicarían únicamente para personas trabajadoras del Estado que certifiquen la inhabilidad con un certificado médico ginecológico del Sistema Nacional de Salud.

En el caso de la Cámara de Senadores, en la legislatura pasada se presentaron a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social dos iniciativas que permiten a mujeres y personas menstruantes ausentarse o laborar a la distancia cuando presenten síntomas o dolores de la menstruación.

Al cierre de esta edición, en lo que va de la actual legislatura sólo el Grupo Parlamentario de MC en San Lázaro ha vuelto a enviar el proyecto de decreto que otorga un permiso para ausentarse hasta por tres días durante cada ciclo menstrual. Dicha iniciativa fue enviada el 5 de marzo del 2025 y está pendiente a discusión.

ASG

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