“Incorrecta”, suspensión a primera parte de 'Plan B' electoral: ministra Loretta Ortiz

La ministra en su proyecto de sentencia enfatizó que no se desprotege a las personas que consideren que la emisión de una norma les cause una afectación.

Loretta Ortiz. | Foto Archivo
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

Al proponer que se revoque la suspensión contra la primera parte del 'Plan B' electoral, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Loretta Ortiz Ahlf, concluyó que fue “incorrecto” que el ministro Alberto Pérez Dayán concediera a diputados de oposición esta medida cautelar para que dichas reformas no fueran aplicadas en los comicios ya en marcha en el Estado de México y Coahuila.

MILENIO tuvo acceso al proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la ministra Ortiz Ahlf, el cual será votado este miércoles durante la sesión pública de la Segunda Sala del máximo tribunal del país.

Se trata de un recurso de reclamación interpuesto por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en contra de la suspensión contra las reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En su argumentación, la ministra Loretta Ortiz sostuvo que existe un sistema integral de medios de impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que tiene como objetivo proteger los derechos político-electorales de la ciudadanía atendiendo a las particularidades de cada caso.

Por ello, enfatizó la ministra en su proyecto de sentencia, no se desprotege a las personas que consideren que la emisión de una norma les cause una afectación.

Esta argumentación deriva de la explicación del ministro Pérez Dayán para conceder dicha suspensión el 21 de febrero, cuando aseguró que procedía concederla porque, de no hacerlo, “podrían causarse afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados” en los procesos electorales ya en marcha.

La ministra Ortiz Ahlf también sostuvo que en juicios de acción de inconstitucionalidad no es procedente conceder la suspensión bajo la justificación de la presunción de constitucionalidad que asiste las normas emanadas del legislativo.

“Por tanto, fue incorrecto que se concediera en términos del artículo 64 de la ley reglamentaria”, expone el proyecto que requiere mayoría para ser aprobado, en este caso tres de los cinco ministros que integran la Segunda Sala de la SCJN.

Además de la propia Loretta Ortiz, también integran esta Segunda Sala la ministra Yasmín Esquivel, así como los ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, y Luis María Aguilar.

LG

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