Magistrada replica a ‘nuevo INE’; propone ordenar a AMLO frenar promoción del ‘Plan C’

Sería el primer criterio del ‘nuevo INE’ que el TEPJF echaría abajo; de aprobarse, López Obrador no debe volver a hablar del ‘Plan C’.

Conferencia del presidente López Obrador el 11 de mayo en Palacio Nacional. | Octavio Hoyos
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La magistrada Janine Otálora circuló un proyecto en el cual propone revocar los nuevos criterios del INE que avalaron los llamados al voto del presidente Andrés Manuel López Obrador y, por el contrario, darle 24 horas para eliminar las mañaneras donde cometió esta infracción, abstenerse de volver a hacerlo y dejarle un apercibimiento para no caer en desacato.

Después de que la semana pasada, las dos nuevas consejerías, Jorge Montaño y Rita Bell López, impusieron su mayoría en la Comisión de Quejas y Denuncias para permitir que el Presidente siguiera promoviendo su llamado Plan C, en el cual ha detallado por qué partidos o movimientos no se debe votar en el 2024, el PAN, PRD y el diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, impugnaron esta determinación.

La consejera presidenta de la comisión, Claudia Zavala, se quedó sola en votación, por considerar que “no había licitud” en el actuar del Presidente, pues podría generar un daño en la equidad de la contienda, a pesar de que las dos consejerías restantes consideraron que no existía riesgo si el proceso electoral del 2024 todavía no comenzaba.

Los partidos que denunciaron al Presidente replicaron que no hubo un análisis exhaustivo, contextual y debidamente motivado, en lo que la magistrada Janine Otálora propone darles la razón al considerar que, de un análisis preliminar, sí se advierte que López Obrador “llama a no votar y votar por opciones políticas”.

Por lo que, contrario a lo que sostuvieron las nuevas consejerías en contra de los criterios previos y precedentes de temas similares, la magistrada propone a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conceder las medidas cautelares para garantizar los principios de imparcialidad y neutralidad como ejes rectores de los procesos electorales.

Tal como lo detalló en la comisión la consejera Zavala, el proyecto del TEPJF explica que “existe un especial deber de cuidado del Presidente de la República respecto de las expresiones que emite con motivo de sus funciones, por el nivel, jerarquía y relevancia de su cargo”, y que la libertad de expresión de los servidores públicos cede respecto el principio de imparcialidad, lo que es una obligación constitucional que no se puede evadir.

Y recuerda que existen al menos tres precedentes similares, en los que la Sala Superior ya había confirmado medidas cautelares respecto a las expresiones relativas al Plan C y a que no se vote por el bloque conservador para que siga la transformación, lo cual se consideró, constituye una grave vulneración a los procesos electorales del Estado de México y Coahuila.

Por lo que Otálora propone que, de aprobarse este proyecto, primero, ordenar al Presidente de la República a que en un plazo que no podrá exceder las 24 horas, una vez que reciba la notificación, se eliminen o modifiquen las publicaciones de las conferencias del 9 y 11 de mayo de todas las plataformas personales y oficiales donde esté difundida.

Segundo, ordenarle que “se abstengan de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital, según correspondan sus funciones, cualquier manifestación en la que llame a votar o no votar por un determinado ente político respecto de algún proceso electoral, ya sea refiriéndose a un partido político o movimiento electoral, o expresiones similares que contraríen a las disposiciones constitucionales o fuera de las excepciones que ella establece y que se encuentren prohibidas, así como de aquellas que vulneren los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, en cualquier espacio o medio de comunicación o usar recursos públicos en propaganda con fines electorales”.

Para lo que vinculan a la Consejería Jurídica, al titular de Comunicación Social y vocería de la Presidencia de la República y al Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) para el cumplimento de estas medidas cautelares.

El proyecto, además agrega un apercibimiento para que “en caso de incumplimiento, la Comisión de Quejas y Denuncias podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audios violatorios de las medidas cautelares referidas”.

Y deja claro que “el INE queda facultado para tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo ordenado por esta determinación”.

Al tratarse de una decisión sobre medidas cautelares, las magistraturas de la Sala Superior emitirán su voto sobre este proyecto de forma privada en las próximas horas.

De aprobarse, sería el primer nuevo criterio que las nuevas consejerías del INE han cambiado, que se vendría abajo, y se retomarían los precedentes que en los más de cuatro años de gobierno se han implementado.

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