Magistrado del TEPJF confirma injerencia del crimen en 4 municipios durante elección de Michoacán

El proyecto del magistrado Indalfer Infante propone declarar la validez de la elección y el triunfo de Alfredo Ramírez Bedolla como gobernador; al no ser generalizada la intervención del crimen, es insuficiente 4 municipios para anular el proceso.

De ser respaldado por sus pares, este miércoles la Sala Superior aprobará la validez de la contienda de Michoacán. (Especial)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El magistrado Indalfer Infante Gonzáles concluyó que en la elección por la gubernatura en Michoacán sí se advierte la intervención del crimen organizado, pero sólo en cuatro municipios, lo que consideró insuficiente para anularla al no ser generalizado, por lo que propondrá declarar la validez de la elección y el triunfo de Alfredo Ramírez Bedolla, candidato de Morena.

El documento del que MILENIO tiene una copia, fue circulado únicamente en versión física a los integrantes de la Sala Superior, pues a diferencia de la mayoría de los proyectos de sentencia en las gubernaturas, el magistrado Infante Gonzáles no solicitó hacerlo público como sus pares por contar con elementos referentes a violencia, amenazas e intervención de grupos delictivos.

Aunque el PRD buscaba anular esta elección alegando la intervención del crimen organizado, en el expediente de casi 300 páginas, el magistrado destaca que sí se puede presumir “incidencia focalizada” de personas supuestamente pertenecientes al crimen organizado en diversas secciones de los municipios de Múgica, Gabriel Zamora, La Huacana y Nuevo Urecho, todos en el distrito 22.

El proyecto incluye declaraciones de varios funcionarios de casillas, así como de representantes de partidos políticos que coinciden en que principalmente en estos municipios hubo personas armadas que les impidieron el acceso y únicamente permitían que se quedaran los representantes de Morena.

Por lo que se reconoce que existen elementos contextuales y circunstanciales de tiempo, modo y lugar que apuntan a la incidencia de delitos relacionados con factores internos de la elección que pueden generar riesgo de violencia electoral, como la compra de votos, coacción, robo de urnas o amenazas.

Pero destaca que “no obstante la incidencia de tales irregularidades, ello resulta insuficiente para alcanzar la pretensión de la parte actora de anular la elección”.

El magistrado Indalfer Infante Gonzáles concluye que la garantía del sistema democrático y la integridad de las elecciones es una responsabilidad compartida, por lo que, ante la exigencia del PRD de que las autoridades electorales garanticen que no se repita esta intervención en próximas elecciones, o en este caso, en la pretensión fallida de que la estatal se repitiera, el proyecto deja claro que no es responsabilidad del Tribunal Electoral.

Explica que “existieron factores externos de riesgo que deberán considerarse por las autoridades electorales y estatales competentes para procurar en la mayor medida posible, prevenir que en próximos procesos electorales incidan en el ejercicio de los derechos político-electorales, sin que corresponda a esta Sala Superior, en este momento, establecer algún parámetro específico para ese efecto.

“Corresponde a las autoridades electorales en cooperación con las autoridades competentes en el ámbito de seguridad y procuración de justicia, evaluar los riesgos que pudieran actualizarse en próximos procesos electorales, particularmente para prevenir escenarios de riesgo derivados, entre otras, de la injerencia de a delincuencia organizada en las posteriores elecciones. No corresponde a esta Sala Superior adoptar medidas de no repetición sobre hechos de violencia en futuras elecciones”.

AMLO se refirió a candidatura inexistente 

Respecto a las intervenciones del presidente Andrés Manuel López Obrador desde su conferencia de prensa, el proyecto señala que en este caso en específico, las expresiones que el PRD expuso se refieren en concreto a la cancelación del registro de Raúl Morón. Es decir, el titular del Ejecutivo Federal se refirió a una candidatura inexistente, pues ya había sido invalidada, por lo que no hizo referencia al hoy gobernador electo.

Lo mismo concluye de los presuntos actos anticipados de campaña de Morena, pues se trataron de hechos atribuibles a Raúl Morón y no a Alfredo Ramírez Bedolla.

Agrega que los impugnantes no pudieron acreditar que el candidato de Morena se aprovechara de la jornada de vacunación contra el covid-19 o que hubiera intervencionismo sindical.

Esta impugnación, era la única en la que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación contaba con elementos más sólidos sobre la intervención del crimen organizado, sin embargo, el magistrado ponente consideró que sólo se acreditó en algunos municipios y al no ser generalizado, no se puede considerar determinante para anular la elección.

De ser respaldado por sus pares, este miércoles la Sala Superior aprobará la validez de la contienda de Michoacán y confirmará al candidato de Morena como el nuevo gobernador que rendirá protesta este viernes 1 de octubre. 

JLMR

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