Magistraturas rechazan registro que vincule intervenciones de AMLO y gobernadores, a validez de elección presidencial

Bloque mayoritario aprueba catálogo genérico que sólo enlistará las sentencias de todas las elecciones en curso en todo el país.

Funciones del presidente del TEPJF. (Diseño: Óscar Ávila)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El nuevo bloque mayoritario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la propuesta de crear un cuadernillo de antecedentes de intervención del Estado, ya sea del presidente Andrés Manuel López Obrador o gobernadores; el desvío de recursos públicos y la vulneración a la equidad de la contienda presidencial, que fuera vinculante con la validación de los resultados de esa elección.

La propuesta de la magistrada Janine Otálora para tener una figura procesal que ayude a frenar más vulneraciones a la equidad de la contienda y que al momento de revisar los resultados de la elección se considere cuánto impactó en ésta, fue rechazada. Y, por el contrario, se validó la propuesta de la magistrada presidenta Mónica Soto de establecer un catálogo genérico de sentencias que englobe todas las decisiones firmes que tengan relación con cualquier elección en curso.


La semana pasada, Otálora propuso la creación de este cuadernillo que tuviera vinculación directa al momento de analizar la validez de los resultados de la renovación de la Presidencia, ante la evidencia de que las sentencias que acreditan la intervención ilícita de funcionarios de primer nivel como el presidente López Obrador, terminan en “letra muerta” por la imposibilidad constitucional de imponerle sanciones concretas a titulares del Ejecutivo a nivel federal o estatal.

En contraste, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, propuso cambiarlo por un catálogo genérico de sentencias, por lo que Otálora optó por retirar su proyecto para retomar ambas vías. Este miércoles presentó una nueva propuesta con las dos opciones, pues considera que son totalmente distintas.

Por un lado, su propuesta de cuadernillo es una figura procesal que buscaba vincularse directamente a las consideraciones para validar la elección. Y por el otro, el catálogo genérico es un listado público y sintetizado de sentencias de todas las elecciones en curso, de todos los niveles, sin priorizar la renovación presidencial.

Otálora explicó que en su propuesta se incluirán todas las resoluciones que confirmaran “algún acto comisivo que pueda trascender en la calificación y declaración de validez de la elección presidencial.

“A modo de ejemplo, violaciones a las condiciones de equidad en la contienda, a la neutralidad del Estado y de sus agentes y órganos respecto de la contienda electoral, a la prohibición del desvío de recursos públicos en la elección, así como a las reglas en materia del modelo de comunicación política y de fiscalización de los recursos en la campaña electoral”.

Además de que se trata de una figura procesal ya contemplada en la normativa interna del TEPJF, por lo que “procura solventar una necesidad que estimo, pesa sobre esta Sala Superior de preparar los trabajos relacionados sobre la calificación de la elección y al mismo tiempo sentar las bases para que esta importantísima función pueda ser acompañada y entendida por los ciudadanos interesados en sus comicios”.

Mientras que “la creación de un Catálogo que es más amplio, con menos impacto en el dictamen de determinaciones firmes y definitivas que declaran la existencia de alguna irregularidad que pueda trascender en cualquiera de los procesos electorales que se llevan a cabo en este proceso electoral 2023-2024”.

Y comparó que “la razón por la que he insistido en el cuaderno de antecedentes es porque es una figura procesal. Y un catálogo que incluya sólo los nombres y todas las irregularidades es un catálogo que tendrá por objeto una sistematización de sentencias que ya están en la página pública de internet.

“La propuesta de un catálogo no es más amplia, es distinta a un cuaderno de antecedentes que la poder vincularlo a la calificación de la elección presidencial no incluirá comisión de irregularidades por parte de autoridades o de actores o partidos políticos que tengan exclusivamente un impacto en elecciones locales. A veces lo más amplio tiene el problema de tener menores efectos en cuanto al alcance que se busca”.

En lo que coincidió el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón  quien señaló que el catálogo se limitará a un listado de infractores que consideró, además, “en mi criterio no tiene una base constitucional y genera una especie de discriminación” y concluyó que “el cuadernillo tendrá efectos en la validez presidencial y el catálogo es sólo socialización de sentencias”.

Sin embargo, el nuevo bloque mayoritario de la magistrada Mónica Soto y los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata optaron por el catálogo genérico.

“Desde mi perspectiva estimo innecesaria la creación de un cuadernillo auxiliar, pues en el expediente y para la calificación de la elección presidencial, como siempre se ha hecho, se tomarán en cuenta todos los elementos que se hagan valer y evidentemente, analizarán de manera exhaustiva, como es parte del trabajo que se realiza.
“Considero que se debe ordenar la creación de un catálogo de resoluciones firmes, con independencia de si trasciende o no a la validez de algún proceso electoral, es decir, que independientemente qué se tenga o qué implique o se pueda utilizar también algún expediente de validez de elección, pues se realice y se esté dando cuenta de cualquier sujeto infractor”.

Sesión pública del TEPJF 


El magistrado Felipe Fuentes consideró que el cuadernillo propuesto por Otálora “carece de claridad, no se explica las fechas de sentencias que serán incluidas, irregularidades para su incorporación no se definen” e incluso, alertó que podría “eliminar la carga de la prueba a los actores en los juicios de nulidad y la carga al Tribunal Electoral sin una facultad legal para hacerla”.

Es decir, este cuadernillo, de acuerdo con el magistrado, implicaría que la propia Sala Superior aporte pruebas para la invalidez de la contienda, en lugar de que sea responsabilidad de quien presente el juicio. Lo que fue rechazado tanto por Otálora como por Reyes.

“No se trata de preconstituir pruebas, por favor, es integrar un cuaderno que va sistematizando sentencias ¿cuándo? Pues cuando las haya emitido, ¿de qué? Pues respecto de la elección presidencial. La exigencia de estos detalles no me parece que sea para cuestionar la pertinencia de la propuesta de la magistrada (Janine) Otálora”.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo que este catálogo y el cuadernillo son los mismo, pues ambos podrán ser considerados en la validez de la elección presidencial.

“El dictamen de la elección presidencial se tiene que tomar en cuenta todo, todas las sentencias y lo importante son las sentencias no un cuaderno que las contiene. No pasa nada si le ponemos cuaderno y se cose en el expediente, o si es un catálogo con la misma información y se encuentra en una computadora a la que tiene acceso todo el mundo.
“Me parece que lo razonable es adoptar sólo uno, al final del día va a tener información suficiente. No es bueno duplicar de manera innecesaria”.

Con esta división de visiones, el cuadernillo con efectos directamente vinculantes fue rechazado y se creará un catálogo genérico que también podría considerarse en la validez de la elección, pero sin una vinculación directa por las intervenciones acreditadas de funcionarios públicos, pese a la prohibición constitucional para hacerlo.

IOG


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