Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), planteó eliminar la parte: “(…) o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”; de la pregunta que se realizará en el ejercicio de revocación de mandato del jefe del Ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con su proyecto de sentencia sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por diputados de oposición en contra de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el ministro del máximo tribunal del país consideró que esa parte se trata de una segunda pregunta que abre la puerta a una ratificación del cargo del presidente López Obrador.
La pregunta planteada a realizarse durante el ejercicio de revocación de mandato es: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Al proponer que se invalide dicha parte de la pregunta, el ministro Pardo Rebolledo concluye que, sin duda, esto “desnaturaliza el mecanismo en la intención en que fue aprobado por el Constituyente Permanente”,
“El problema de la pregunta surge a partir de la disyuntiva que contiene, en tanto que, por un lado, se pregunta si debe revocarse el mandato; pero, por el otro, se pregunta si es deseo que el Presidente de la República continúe su mandato hasta que termine su periodo.“Así, en realidad, materialmente se están formulando dos preguntas en la que tendría que ser una sola interrogante, estando una de ellas, sí referida de forma estricta a un ejercicio de revocación, pero la diversa, más bien infiere o da espacio a construir una pregunta sobre la ratificación, renovación o refrendo del nombramiento de quien es sujeto al referido ejercicio; situación que también se refleja en las opciones de respuesta que integran dicho sistema normativo”, detalla el proyecto que está agendado a discutirse la semana entrante en el Pleno de la SCJN.
El ministro Pardo Rebolledo también consideró que “el efecto natural” de un resultado negativo en un ejercicio de revocación del mandato es que el respectivo funcionario permanezca en el cargo y continúe su mandato hasta la conclusión del periodo por el que fue electo.
“No obstante, dicha consecuencia, por las razones ya abordadas previamente, no debe contaminar el diseño de la respectiva pregunta o de sus opciones de respuesta, sino sólo ser, en su caso, la secuela o efecto normal del resultado del ejercicio.“Pensar lo contrario, daría al ejercicio la idea de ser un mecanismo de ratificación del mandato, noción que determinó de manera contundente eliminar el Constituyente Permanente”, concluyó.
JLMR