La fracción parlamentaria de Morena estará al frente de Presidencia la Junta de Gobierno del Congreso del estado el primer año de ejercicio constitucional de la LXV legislatura.
El segundo año la presidirá la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), mientras que el tercer y último año será para el Partido del Trabajo (PT).
Así lo definieron los integrantes de la Junta de Gobierno de la LXV legislatura tras cerca de dos horas de reunión este sábado en la Sala Benito Juárez de la Torre Legislativa.
Con ello el coordinador de la bancada de Morena en el Congreso del estado, Francisco Xavier Berganza Escorza, será presidente de la Junta de Gobierno el primer año, el segundo corresponderá al coordinador de la fracción parlamentaria del PRI, Julio Manuel Valera Piedras y el tercer año estará al frente Jesús Osiris Leines Medéciego del Partido del Trabajo.
Atribuciones de la Junta de Gobierno y el Presidente
De acuerdo con el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo la Junta de Gobierno, para su organización interna, contará con una Presidencia, una Secretaría y vocalías.
La Presidencia de la Junta será ejercida en forma alternada y para cada año legislativo por los coordinadores de los tres grupos legislativos que cuenten con el mayor número de diputados.
El orden anual para presidir este órgano será en los términos y condiciones que acuerde la mayoría de la Junta de Gobierno. La Secretaría será ocupada por el diputado que determine la Junta de Gobierno y las vocalías serán ocupadas por los demás diputados integrantes de la Junta.
La Junta de Gobierno deberá quedar constituida e integrada en la Sesión Constitutiva de la Legislatura, para lo cual deberá emitir un acuerdo que contenga su integración por cada año de ejercicio constitucional de la Legislatura, mismo que hará del conocimiento a la Directiva quien informará al Pleno del Congreso del estado.
En tanto, el artículo 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece que son atribuciones de la Junta de gobierno: conducir los trabajos legislativos del Congreso del estado, coadyuvar en el desarrollo de los trabajos del Congreso, impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de los asuntos que requieran su votación en el Pleno, proponer al Pleno del Congreso las Comisiones y Especiales, así como formular la agenda legislativa que regirá los trabajos en cada periodo de sesiones ordinarias y extraordinarias, entre otras.
En tanto, la Ley establece que entre las atribuciones del Presidente de la Junta de Gobierno están el mantener la comunicación entre el Poder Legislativo y los Poderes Ejecutivo y Judicial del estado; conducir las relaciones con los ámbitos de Gobierno federal, estatal y municipal; representar al Congreso del estado en actos convocados por cualquiera de los ámbitos de Gobierno federal, estatal y municipal; y coordinar el funcionamiento interno de la Junta de Gobierno; así como presidir la Comisión Inspectora.