Por unanimidad el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México impuso multas por 37 mil 346 pesos en contra de la otrora candidata de la coalición “Va por el Estado de México”, Alejandra del Moral Vela y de 186 mil 732 pesos al PRI, por violentar los derechos de menores de edad al utilizarlos como parte de su propaganda electoral.
Las y los magistrados del TEEM resolvieron un juicio para la protección de los derechos del ciudadano y 45 procedimientos especiales sancionadores en contra de la candidata de la coalición PRI-PAN-PRD-NA y cada uno de estos partidos, quienes fueron denunciados por el partido político Morena, por incumplir la norma electoral vigente. Las y los magistrados del TEEM resolvieron un juicio para la protección de los derechos del ciudadano y 45 procedimientos especiales sancionadores en contra de la candidata de la coalición PRI-PAN-PRD-NA y cada uno de estos partidos, quienes fueron denunciados por el partido político Morena, por incumplir la norma electoral vigente.
Por tercera ocasión, quienes integran la coalición “Va por el Estado de México” son sancionados por la presunta conculcación al interés superior de la niñez derivado de publicaciones de diversos videos en la red social Facebook, sin tener los consentimientos de quienes ejerce la patria potestad o la tutoría de las niñas y niños que aparecen en los vídeos.
El Tribunal consideró que además no se difuminaron sus rostros para hacerles irreconocibles, por lo cual sancionaron al PRI y a su candidata en 35 casos interpuestos por Morena. Sus compañeros de fórmula sólo fueron amonestados por responsabilidad indirecta en estos casos.
También sancionan a medios
En otro caso se amonestó a los medios de comunicación ADN y Expansión por no cuidar a los menores que anunciaba Alejandra del Moral y presentarlos sin difuminar sus rostros, argumentando que hacían uso de su derecho a la libre expresión, lo cual no fue avalado por el pleno, al indicar que todos los medios de comunicación están obligados a salvaguardar los derechos de la infancia.En otro caso se amonestó a los medios de comunicación ADN y Expansión por no cuidar a los menores que anunciaba Alejandra del Moral y presentarlos sin difuminar sus rostros, argumentando que hacían uso de su derecho a la libre expresión, lo cual no fue avalado por el pleno, al indicar que todos los medios de comunicación están obligados a salvaguardar los derechos de la infancia.
Por otra parte, se amonestó al PRI en otros nueve casos por no haber cumplido las reglas de propaganda al no anunciar a su candidata con la información básica para que las y los electores pudieran identificar dicha coalición. En estos casos no se sancionó a Alejandra del Moral por considerar que ella no tomó la decisión de qué elementos se presentaban en las pintas y otros elementos propagandísticos.
En varios de los casos el TEEM actuó por mandato de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien pidió emitir nuevas resoluciones, en las cuales da vista al Instituto Electoral para que publique las sentencias emitidas.
Asimismo, atendieron un juicio interpuesto por militantes del partido de la Revolución democrática donde se determinó la existencia de violencia política por razón de género atribuido a un ciudadano del partido quien fue sancionado con la cancelación de su membresía de afiliación.
Al respecto el TEEM revocó la resolución impugnada al resultar fundados los agravios vinculados con la indebida valoración de pruebas realizada por el órgano de Justicia intrapartidaria del PRD y por lo tanto dejó sin efectos la cancelación de la membresía como persona afiliada a este partido político, así como la suspensión provisional de la membresía de Ana Karen Fuentes Crisantos.
En la sesión estuvieron presentes las magistradas Martha Patricia Tovar Pescador, Leticia Victoria Tavira y los magistrados Raúl Flores Bernal y Víctor Óscar Pasquel Fuentes, pues les sigue faltando un integrante desde hace año.