Al recabar testimonios de ciudadanos de García y El Carmen, municipios que han sido mayormente afectados por la crisis hídrica, el Congreso de Nuevo León aprobó una iniciativa para que, por ley, la población pueda inconformarse cuando no reconozca el monto injustificado de su recibo de agua.
En conferencia de prensa en la Oficialía de Partes del Congreso local, Raúl Lozano, del PVEM, dijo que los ciudadanos tendrán 10 días hábiles, después de la fecha del vencimiento de pago, para presentar un escrito libre ante el organismo, aportando las pruebas que estime pertinentes para acreditar su inconformidad.
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“Presenté una reforma a la Ley de Agua Potable, específicamente al artículo 46, y lo que pretendemos es que los ciudadanos tengan reconocido en la Ley de Agua Potable su derecho para poder reclamar algún cobro ilegal o injusto de Agua y Drenaje, lo cual ya se hace en la práctica, pero no está plasmado en Ley como un derecho: El poder reclamarle a la institución cuando haya un desacuerdo con algún cobro de sus servicios, que puede ser derivado porque sale aire en las tuberías, mala lectura, problemas de software, como sucedió el año pasado cuando hicieron cambios en su sistema, entre otras.
“Una vez recibida la inconformidad el organismo operador tendrá 15 días hábiles para resolver de manera fundada y motivada la procedencia o no de esta, debiendo notificar al usuario sobre la resolución por los medios con los que mantenga contacto con el usuario. Al resultar procedente la inconformidad el organismo operador deberá realizar los ajustes necesarios al recibo y abstenerse de realizar cobro de recargos o accesorios por el consumo o importe impugnado”, señaló Lozano.
La Ley de Agua Potable y Saneamiento para el estado de Nuevo León, agregó, solamente contempla la obligación que tienen los usuarios de pagar los servicios, más no existe disposición alguna que reconozca el derecho que estos tienen para inconformarse en caso de considerar la existencia de irregularidades en sus recibos.
“La intención de generar certeza jurídica en cuanto a los tiempos y las formas en que el organismo operador debe resolver las inconformidades de los usuarios, puesto que, en caso de no emitir resolución en los plazos establecidos, mediante la presente iniciativa se busca tener a Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey I.P.D. aceptando tácitamente la reclamación y por ende que deba de aplicar los ajustes necesarios en los términos planteados por el usuario en su escrito”, insistió.
La iniciativa es por adición a un artículo 46 Bis de la Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León.