La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado concretó eximir por tres meses el pago del Impuesto Sobre Nómina (ISN) a empresas y negocios que suspendieron, y en algunos casos redujeron su actividad laboral, en atención a los protocolos de la pandemia del coronavirus.
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A través de la publicación de este lunes en el Periódico Oficial del Estado, la dependencia detalló las condiciones para que las empresas y negocios no paguen dicho impuesto en los meses correspondientes a marzo, abril y mayo del presente año.
En el documento, la Tesorería precisa que algunos de los giros que se verán beneficiados con estas medidas son: restaurantes, restaurant-bar, hoteles, casinos, gimnasios, teatros, bares, cines y servicios de esparcimiento
"Se exime del pago del impuesto sobre nóminas correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del ejercicio fiscal 2020, a las personas físicas y morales cuyos ingresos brutos para efectos del impuesto sobre la renta relativo al ejercicio fiscal 2019, no excedan 4 millones de pesos, y que cuenten con una plantilla laboral de 1 a 10 empleados directos.
"Se exime del pago del impuesto sobre nóminas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo el ejercicio fiscal 2020, a las personas físicas y Morales que se dediquen a los siguientes giros: restaurantes, restaurant-bar, hoteles, casinos, gimnasios, teatros, bares, cines y servicios de esparcimiento", dice la publicación.
De igual forma, señalan que los contribuyentes a los que se refieren deberán solicitar el beneficio ante la tesorería virtual del Gobierno del Estado en la página: https://egobierno.nl.gob.mx/egob/avisoisn donde acrediten encontrarse en los supuestos antes referidos.
En este sentido, apuntaron que están obligados a presentar su declaración del impuesto sobre nóminas a más tardar los día 17 de los meses de abril, mayo y junio, respectivamente.
Otro punto que resaltaron es que los interesados deberán estar al corriente en el pago del impuesto sobre nóminas, no tener ningún crédito fiscal o procedimiento derivado de dicho impuesto y solicitarlo durante la vigencia del presente acuerdo.
Agregaron que estos beneficios no aplicarán para aquellas empresas de nueva creación, las cuales se regirán en todo caso por el acuerdo de fomento al empleo en grupos y zonas vulnerables.