No existen disposiciones jurídicas por apertura de negocios

Política

Ya son nueve los negocios que se han clausurado por no acatar medidas sanitarias, de acuerdo con la Secretaría de Salud

Jorge Marcelino Trejo, presidente del Colegio de Abogados de León. ARCHIVO
David Rivera
León /

Son varios los negocios que han decidido abrir sus puertas, y ya son nueve los negocios que se han clausurado por no acatar medidas sanitarias, de acuerdo con la Secretaría de Salud del estado. Sin embargo, no existen repercusiones o disposiciones jurídicas para quien decida abrir los negocios, comentó Jorge Marcelino Trejo, Presidente del Colegio de Abogados de León.

Mencionó que es importante acatar las indicaciones emitidas por las autoridades y promover la responsabilidad social para evitar un mayor número de contagios, pero es desde la parte jurídica en donde no tendría cabida la situación de abrir negocios.

“Existe una disposición federal en donde sí te comenta cuáles son las actividades esenciales. Sin embargo, no hay un decreto donde te esté impidiendo la no apertura de los restaurantes o de los bares o de algunos otros giros”, mencionó Jorge Marcelino.

Sin embargo, sí hizo hincapié en que podría haber otras dependencias, como Jurisdicción Sanitaria que emita sanciones si no se encontraran con las medidas sanitarias adecuadas.

“O pudiera haber un tipo de clausura por otro tipo de autoridad, Desarrollo Urbano si no tienes el uso del suelo, en tema de Fiscalización si no tienes el permiso al día, o si no estás respetando el horario, si tienes niños. Por otro tipo de disposiciones sí te pudiera la autoridad municipal o estatal sancionar o clausurar”, aclaró.

Repercusiones penales si se contagia a otra persona

Jorge Marcelino explicó que en el Código Penal Federal existe una disposición en la que las personas que estén contagiadas de alguna enfermedad y continúen saliendo a las calles sin responsabilidad puedan tener repercusiones penales.

“Claro que se les puede señalar y se les puede imputar esa responsabilidad en un momento dado, si hay pruebas contundentes de que puede contagiar, o que está contagiando, o que ya contagió a alguna persona”, afirmó.

Sin embargo, el presidente del Colegio de Abogados también advirtió que es complicado poder comprobar que se haya dado este tipo de situaciones, en virtud de necesitar pruebas donde se pueda argumentar que una persona contagió a otra.

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