La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un decreto mediante el cual se reformaron diversos artículos de la Ley Educación del Estado de Nuevo León, referentes a las personas con discapacidad, publicado en 2020.
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Asimismo, el Pleno también anuló de manera parcial diversas modificaciones a la Ley General de Educación de la Ciudad de México.
En ambos casos, la Corte consideró que se vulneró el derecho a la consulta tanto de las personas con discapacidad, en el caso de Nuevo León, y de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las personas con discapacidad, en la CdMx.
Lo anterior, porque ambos estatutos contienen normas específicas dirigidas a estos sectores que no fueron consultadas durante el proceso legislativo, violando con ello la Constitución y convenios internacionales.
La Corte otorgó un plazo de 12 meses a los dos congresos locales para que lleven a cabo las consultas y emitan nuevas normas, donde se contemplen las opiniones y propuestas de las comunidades que fueron excluidas durante las reformas a las citadas leyes.
El ministro Luis María Aguilar Morales fue el ponente en el caso de Nuevo León, y el ministro Juan Luis Alcántara Carrancá en el tema de la CDMX.
Es de mencionar que la Ley de Educación de la Ciudad de México fue publicada el 7 de junio 2021.
La SCJN solo invalidó los artículos del 30 al 36 y del 38 al 40, que contenían reglas dirigidas a las comunidades no consultadas.