Con la observación de que no tiene un presupuesto específico, pero que entrará en vigor en el 2023, la Comisión de Justicia y Seguridad aprobó por unanimidad de votos la nueva Ley de Justicia Cívica que daría solución de forma pronta a conflictos vecinales como ruido, recolección de basura y problemas de estacionamiento, evitando que escalen a conductas delictivas o actos de violencia en Nuevo León.
De acuerdo con el dictamen, el Congreso local deberá prever los recursos necesarios para la implementación, fortalecimiento y consolidación de los sistemas municipales, sin embargo, no se fija un presupuesto específico que debería ser establecido en la Ley de Egresos 2023.
De acuerdo con el Artículo 9, se establece que los municipios se organizarán a través de sistemas municipales, los cuales tendrán a su cargo las funciones administrativas de los Juzgados Cívicos y el Centro de Mediación Municipal, atendiendo a los principios de legalidad, responsabilidad, eficacia, eficiencia, innovación administrativa, aprovechamiento máximo de las tecnologías de la información y de los recursos humanos y materiales disponibles.
Sobre los tipos de sanciones, aplican cuatro: Amonestación: sanción administrativa consistente en la reprensión, llamada de atención o reconvención pública o privada que el Juez Cívico haga al Infractor por la comisión de una infracción o falta administrativa; Multa: cantidad en dinero que el infractor debe, en los términos del artículo 21 de la Constitución.
Arresto hasta por 36 horas, y por ningún motivo procederá el arresto a menores de edad o adolescentes; trabajo comunitario o en favor de la comunidad y del número de horas que deberá servir el infractor a la comunidad en los programas preestablecidos al respecto.
En cuanto a la Justicia Cívica para adolescentes, en la aplicación del procedimiento de Justicia Cívica se considerarán niñas y niños a las personas menores de 12 años y adolescentes a las personas de entre 12 años cumplidos y menores de 18 años.
“Cuando el probable infractor sea adolescente, el juez cívico para Adolescentes citará de forma inmediata a quien detente la custodia o tutela legal o, de hecho, en cuya presencia se desarrollará la audiencia y se dictará la resolución. Si por cualquier causa no asistiera el responsable del adolescente, el Juez Cívico nombrará un asesor o defensor cívico municipal; si se advirtiera una situación de riesgo, el Juez Cívico dará aviso inmediatamente a las instancias gubernamentales de carácter social y de protección y defensa de niñas, niños y adolescentes”, establece el dictamen.
Sobre el Programa de Intervención Educativa y Terapéutica, el Consejo de Justicia Cívica a través del Portafolio de Soluciones deberá implementar el Programa de Intervención Educativa y Terapéutica con Adolescentes en Riesgo, con la asistencia técnica y especializada del Poder Judicial y la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León.
Y cuando se determine la responsabilidad de un adolescente en la comisión de alguna de las faltas o infracciones administrativas previstas en esta Ley y los reglamentos respectivos, sólo se le podrá sancionar con amonestación o trabajo comunitario, que podrá ser realizado por las personas mayores de 15 años y por el máximo de 2 horas.
“No podrá sancionarse a las personas menores de 12 años ni a quienes tengan incapacidad legal, pero quienes ostenten la patria potestad o tutela estarán obligados a reparar el daño que resulte por la falta cometida”, indica la normativa.
Se creará el Consejo de Justicia Cívica como órgano colegiado de consulta y acompañamiento en materia justicia cívica, sesionará en pleno y a través de comités técnicos integrados de manera multidisciplinaria con carácter honorifico y se reunirá al menos cada tres meses.
Lo integrarán el Poder Judicial del Estado, el Congreso local, la Fiscalía General y otras secretarías de gobierno del Estado.
Y, conforme a la Ley Nacional del Registro de Detenciones, se llevará a cabo el registro de cada persona detenida o probable infractor y consistirá en una base de datos que concentra la información, conforme a las facultades de las autoridades o del procedimiento administrativo sancionador ante el Juez Cívico, respectivamente.
Javier Caballero, presidente de la Comisión, explicó que la nueva normativa funciona medio de policía, Juzgados Cívicos, y Centros de Medios Alternos de Solución de Controversias en los municipios o Procedimiento básico (a grandes rasgos).
“Se denuncia y solicita apoyo policial cuando un vecino este cometiendo o cometa una infracción o falta o administrativa. Va el infractor ante un Juez Cívico.
“El infractor tiene derecho a defenderse y a aportar pruebas. El Juez Cívico determina una sanción en su caso”, dijo brevemente.
La Justicia Cívica, según la judicatura, es la solución de los conflictos cotidianos a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias e intervenciones oportunas en prevención del delito.
El 17 de enero pasado, a fin de solucionar los conflictos vecinales o faltas administrativas para que no lleguen hasta la judicialización del asunto, así como disminuir hasta en un 20 por ciento los homicidios dolosos actuando a tiempo, el Poder Judicial de Nuevo León, el Gobierno del Estado, la Fiscalía General, alcaldes Metropolitanos y organizaciones de la sociedad civil presentaron la normativa.
EMB