El Congreso del Estado de México continúa con el análisis del Paquete Fiscal de 2022 y con él la propuesta del gobierno estatal para implementar cuatro nuevos impuestos en la entidad mexiquense: por contaminar, a las casas de empeño, por servicios profesionales y actividades profesionales.
La propuesta no ha logrado aún el consenso necesario. La bancada más grande: Morena, anunció que no va a aprobar incrementos ni nuevos gravámenes. Para el diputado Daniel Sibaja esto no es necesario si se concentran en aumentar los niveles de recaudación y el diputado Maurilio Hernández advirtió riesgos, como una posible fuga de capitales y menor inversión.
El coordinador del PRI, Elías Rescala, sostuvo que esto permitirá mantener la política social, destinando siete de cada 10 pesos a educación, salud, seguridad y al combate de la pobreza extrema, aunado a que no representa una doble tributación.
¿Cuándo se decide?
El plazo para definir si entran en vigor estos nuevos impuestos vence el próximo miércoles 15 de diciembre; mientras tanto, quienes integran las comisiones de Finanzas y la de Planeación y Gasto Público continúan con el estudio y siguen las reuniones de las fracciones parlamentarias con funcionarios del gobierno estatal.
Esto dice el gobierno
El subsecretario de Ingresos, José Arturo Lozano, aseguró que no se trata de una doble tributación pues son impuestos validados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aplicados ya en otras siete entidades del país.
“Es una facultad que da la federación, con base en la ley del IVA, a las entidades para cobrar cuatro impuestos cedulares en materia de IVA: por arrendamiento, enajenación de bienes y muebles, servicios profesionales y actividades empresariales”, expuso.
De estas cuatro opciones la entidad sólo tomó dos, con la cual pretenden ampliar la base de contribuyentes e incrementar sus ingresos propios el siguiente año.
- Para ubicar a quienes deberán hacer estos pagos cruzarán información del SAT y del IMSS para construir los padrones correspondientes.
Estos cuatro nuevos impuestos estatales se aplicarán a quienes contaminen, a las casas de empeño, así como a quienes presten servicios profesionales y actividades empresariales.
Además se seguirá cobrando el Impuesto de Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, la tenencia, el de venta de bebidas con contenido alcohólico, loterías y apuestas, entre otras obligaciones estatales.
¿Quién pagará por contaminar?
Este impuesto está dirigido a las personas físicas y jurídicas colectivas que cuenten con “fuentes fijas” en la entidad que no sean competencia federal y emitan de manera directa o indirecta gases contaminantes a la atmósfera, sobre todo de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso, ya sea solos o combinados.
Para ello estiman que cada tonelada de contaminantes generadas por empresas, comercios y establecimientos, que pueden ir desde una casa de huéspedes, una rosticería, baños públicos o fábricas de tabique deberán pagar 43 pesos a la Secretaría de Medio Ambiente en forma anual a más tardar en el mes de abril.
El cálculo lo hará cada una de las fuentes fijas. Anualmente cada empresa auto declarará el total de toneladas contaminantes que arrojó a la atmósfera y el gobierno estatal se reservará el derecho de hacer revisiones aleatorias para comprobar esas cifras.
El argumento de la propuesta es que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, donde el Estado tiene la obligación de garantizarlo, responsabilizando a quien genere deterioro ambiental a través de figuras impositivas que modifiquen el comportamiento.
Busca incentivar el uso de diferentes tecnologías o productos que propicien menos problemas al ambiente para reducir la contaminación en la entidad y mejorar la salud de la población mexiquense.
El dinero por este concepto será destinado a diversas acciones para mejorar la condición ambiental en el estado. Esperan un ingreso anual de 80 millones de pesos.
En este caso no se incluyen vehículos, pues estos son considerados como fuentes móviles y ya cubren un impuesto: el de tenencia, así como otros derechos.
Impuesto cedular ¿a quién le toca?
La iniciativa de Ley de Ingresos considera el Impuesto Cedular por la Prestación de Servicios Profesionales con una tasa de 5 por ciento sobre las ganancias.
Esto significa que una persona que presta servicios profesionales y percibe 10 mil pesos al mes si logra comprobar el gasto de 8 mil pesos, pagará impuesto por los 2 mil que le quedan de ganancia, es decir 100 pesos al mes. Esta cantidad representa la tasa de 5 por ciento que exige la regla; sólo falta que definan que podrá acreditar como gasto el contribuyente.
Se dirige a quien tenga actividades independientes, no asimiladas a los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados, conforme la Ley de Impuesto Sobre la Renta, o empresas asentadas en la entidad.
Además a quienes hoy laboran y no pagan impuesto al ser registrados como un servicio independiente de manera intencional para no pagar porque la ley se los permite.
La Secretaría de Finanzas considera que podrían en la entidad podrían existir al menos 500 mil contribuyentes que pudieran estar obligados a pagar el impuesto cedular por servicios profesionales, pues existen 4.3 millones de contribuyentes de los cuales 3.8 millones son asalariados; el resto serían los trabajadores independientes a donde se dirige esta obligación fiscal.
De Impuesto Cedular por la Prestación de Servicios Profesionales estiman 120 millones de pesos de ingresos. Harán pagos mensuales y una declaración anual.
¿Actividades empresariales?
El mismo ejemplo anterior aplica para quien tiene actividades empresariales y deberá pagar el impuesto cedular. Un caso hipotético es una empresa con ingresos mensuales de 80 mil pesos, pero acredita gastos por 50 mil, deberá pagar una tasa de 5 por ciento sobre los 30 mil de ganancia, es decir 2 mil 500 pesos al mes.
La cantidad variará conforme a los ingresos y egresos que registren mensualmente, así como a las reglas que señalen sobre los gastos que serán deducibles. De este cobro esperan al menos 55 millones de pesos.
Los pagos serán mensuales, a más tardar el día 10 del mes siguiente a la cual haya tenido ingresos, incluso si los pagos los obtiene en otra entidad. Además deberán presentar una declaración anual, a más tardar en el mes de abril.
¿Y las casas de empeño?
En el caso de las casas de empeño y ante su crecimiento en la entidad, proponen incorporar un impuesto a cargo de estas unidades económicas “el cual se causará respecto de los bienes dados en pignoración, que no hayan sido recuperados por el deudor prendario y posteriormente enajenados por la casa de empeño”, refiere la iniciativa.
Para ello se tomará como base gravable la diferencia entre el monto de avalúo que sirve de base para el otorgamiento del crédito prendario y el monto de la enajenación del bien pignorado, aplicando la tasa de 5 por ciento.
- Esto significa que si la casa de empeño dio 5 mil pesos por un collar y éste no fue recuperado por el dueño, se puede enajenar. Si de la venta al público obtienen 7 mil pesos, el pago de 5 por ciento del impuesto será sobre la ganancia de 2 mil pesos, es decir, 100 pesos.
La Secretaría de Finanzas estima que en la entidad existen más de 600 casas de empeño que podrían pagar al gobierno por este impuesto al menos 5 millones de pesos al año.
KVS