Ordenan a TEEH atender demanda para garantizar representación indígena

Por la omisión de garantizar la representación indígena en la convocatoria emitida por el ayuntamiento de Ixmiquilpan, y tras dos incidentes de incumplimiento de sentencia el asunto sigue sin resolución firme

Sala Toluca. (Especial)
Pachuca /

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobreseyó la demanda emitida por Rosalío Palma Cruz, Luis Miguel Ramírez Pedraza y otros, en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC), bajo expediente ST-JDC-206/2022, por la omisión del ayuntamiento de Ixmiquilpan de acatar la sentencia de emitir una nueva convocatoria para elegir a las representaciones indígenas del municipio.

Derivado de la improcedencia de la vía per saltum del JDC se reencausó la demanda nuevamente al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), instancia que recibió el juicio primigenio el pasado 29 de diciembre del 2021, y el cual ya cuenta con dos incidentes de incumplimiento de sentencia, siendo el más reciente del 12 de agosto de este año en el cual se resolvió: “Primero. Se declara por una parte inatendible y fundado por otra el incidente de incumplimiento de sentencia promovido por Rosalío Palma Cruz y otros; Segundo. Se revoca la convocatoria emitida por el Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo del veintidós de julio, de conformidad con la parte considerativa de la presente interlocutoria; Tercero. Se ordena a la Autoridad Responsable dé cumplimiento a lo establecido en el apartado efectos en los términos y para los efectos precisados en la parte considerativa de la presente resolución; Notifíquese a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la quinta circunscripción plurinominal, el cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo de Sala ST-JDC-140/2022 y como en derecho corresponda, asimismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia”, (sic).


El mandato del TEPJF a su similar local fue para conocer nuevamente del juicio, lo resuelva e informe de la sentencia emitida, esto derivado de que del análisis de la demanda y la secuela procesal para impugnar la convocatoria emitida por el ayuntamiento de Ixmiquilpan para la elección de la representación indígena no cuenta con justificación para aplicar la vía per saltum, esto al dejar de agotarse el principio de definitividad.

Cabe recodar que la demanda presentada ante la Sala Regional Toluca versó en contra de la resolución emitida en el expediente TEEH-JDC-164/2021-INC-2, (del pasado 12 de agosto) que entre otras cuestiones, ordenó al ayuntamiento de Ixmiquilpan, emitir una nueva convocatoria, esto al estimar, los promoventes,  que ambas autoridades omitieron garantizar la representación indígena.

  • Teodoro Santos

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