Los partidos políticos, coaliciones o candidatura común tendrán la obligación de registrar únicamente mujeres para competir en 20 presidencias municipales durante la elección para renovar los 84 ayuntamientos el próximo dos de junio de 2024, así lo determinó el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) al aprobar las Reglas Inclusivas de Postulación de Candidaturas a Diputaciones Locales y Ayuntamientos para el Proceso Electoral Local 2023-2024.
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El documento al que tuvo acceso MILENIO, establece 20 ayuntamientos donde mujeres deben encabezar las planillas registradas por las fuerzas políticas, algunos de ellos donde nunca ha gobernado una mujer, con la intención de garantizar el acceso al ejercicio del cargo, presidencia municipal, a este grupo históricamente vulnerado; pues actualmente Hidalgo cuenta con 15 ayuntamientos gobernados por mujeres, sólo el 17.85 por ciento; al efectuar esta acción afirmativa se garantiza que al menos el 23.8 por ciento de las demarcaciones cuente con una presidenta municipal.
Dentro de las presidencias municipales que serán exclusivas para mujeres se encuentran siete municipios indígenas: Atlapexco, Cardonal, Chilcuautla, Huazalingo, Lolotla, Tecozautla y Tenango de Doria, donde además los partidos políticos deben garantizar la postulación de una persona representante de la comunidad indígena; el resto de los municipios donde sólo se postularán mujeres son los siguientes: Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Jacala, Molango de Escamilla, Omitlán de Juárez, Progreso de Obregón, San Agustín Metzquititlán, Singuilucan, Tepetitlán, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tlahuiltepa y Tlanalapa.
Cabe mencionar que el IEEH proyectó en un inicio una bolsa de 41 municipios exclusivos para que una mujer encabece la planilla registrada por las fuerzas políticas; sin embargo, la negociación con los partidos políticos derivó en una primera reducción a 23 municipios que nunca han sido gobernados por una mujer donde resalta la exclusión de los siguientes municipios: Atotonilco el Grande, Atotonilco de Tula, Calnali, Francisco I. Madero, Huehuetla, Huichapan, Metztitlán, Nopala De Villagrán, Santiago De Anaya, Tlahuelilpan, Tulancingo De Bravo y Xochiatipan.
Además, en caso de que los partidos políticos, coalición o candidatura común registren planillas en los 84 municipios, están obligados a garantizar la paridad de género en las postulaciones, por lo cual no sólo deben postular candidatas a las presidencias municipales en los 20 municipios exclusivos, sino que deben postular el 50 por ciento de candidaturas para hombres y 50 por ciento para mujeres, es decir que en 42 demarcaciones habrá candidatas.
Habrá impugnaciones
Pese a que la mayoría de los partidos políticos respaldaron la determinación del IEEH sobre los municipios exclusivos para postular perfiles mujeres, Movimiento Ciudadano (MC) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), a través de sus representantes Pablo Gómez López y Honorato Rodríguez Murillo (respectivamente), adelantaron su negativa a esta medida que calificaron como “imposición” y una violación flagrante al derecho político de votar y ser votado al que tiene la ciudadanía al limitar un género para acceder a la presidencia municipal en estos 20 municipios.
Aunado a esto, ambos representantes argumentaron que debían mantener los bloques de postulación y competitividad para garantizar la paridad de género, como se efectuó en las elecciones del 2016 y 2020, garantizando la postulación del 50 por ciento de hombres y 50 por ciento de mujeres no sólo en las presidencias municipales, sino también en la integración de los ayuntamientos, sindicaturas y regidurías.
En respuesta el consejero electoral Guillermo Corrales Galván recordó que en los comicios de 2016 se logró la cifra histórica de 17 mujeres que accedieron a presidencias municipales; sin embargo, para la elección del 2020 este número se redujo a 15 presidentas municipales en la entidad, por lo cual se determinó esta acción afirmativa para garantizar el acceso a las mujeres a ostentar una presidencia municipal en 20 demarcaciones.
“Las acciones afirmativas se extralimitan y generan discriminación positiva por su naturaleza, pero está diseñada desde la perspectiva de que tiene alto margen de factibilidad, son posibles y necesarias, desde luego. Las reglas garantizan que 20 municipios sean gobernados por mujeres, respetando en la medida que una acción afirmativa puede hacer, respetando la libertad configurativa de los partidos políticos, en la proporción que significa eso.
“Es más cómodo y fácil voltear a otro lado y aprobar reglas de postulación como lo aprobó el Congreso Local, pero se pierde la intención de garantizar los derechos de forma progresiva. Finalmente, las reglas estarán al escrutinio de las autoridades jurisdiccionales, somos conscientes de que no somos dueños de la verdad, pero también de que la realidad de acceso al cargo lacera desde hace décadas al estado”, sentenció.
Garantizan acceso
La paridad de género no es la única acción afirmativa para garantizar la postulación y acceso al cargo de personas representantes de grupos históricamente vulnerados, en caso de las personas con discapacidad establece que los partidos políticos por sí mismos, o a través del método de participación con el que determinen competir y las candidaturas independientes e independientes indígenas, deberán postular al menos dos fórmulas completas (propietario/a y suplencia) en municipios de más de 50 mil habitantes, 14 municipios: Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec de Hinojosa, Huejutla, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo y Zempoala; mientras que deben postular al menos una fórmula completa (propietario/a y suplencia) en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, en los 70 municipios restantes.
En 27 municipios tendrán la obligación de postular perfiles indígenas para competir por la presidencia municipal, asegurando el 50 por ciento de las postulaciones para hombres y 50 para mujeres; además, para garantizar el acceso de personas jóvenes a los cargos de elección popular, en cada planilla deberán postular una fórmula de menores de 30 años dentro de los primeros cuatro puestos de la planilla; finalmente, para personas de la diversidad sexual, se exige una postulación de fórmula de representantes en al menos cuatro municipios, sin importar la posición de la planilla que ocupe.
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